REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 5 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2005-002823
ASUNTO : TP01-P-2005-002823


Vista la solicitud realizada, por la doctora Hilda Villanueva, actuando en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público, donde solicita el cese de la medida de protección conferida, ya que la presente causa se declaró la desestimación de la denuncia, en tal sentido observa este juzgador, que la medida de protección, es una medida cautelar y como tal, necesariamente sigue la suerte de la causa principal, en tal virtud este Tribunal considera ha lugar, la solicitud del Ministerio Público y en tal razón, ordena el cese de la medida de protección acordada por este despacho en fecha 17 de enero del 2006. Notifíquese de la presente decisión y ofíciese a la comandancia general de policía para que deje sin efecto la protección acordada a la ciudadana María Antonia García. Asimismo una vez que la presente decisión, quede definitivamente firme se ordena su envío al archivo central y su respectivo cierre informático. Dada firmada y sellada en la sede del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, a los cinco días del mes de mayo, del daño 2008.





El Juez

El Secretario

Abg. Jorge Pachano