REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
Su Juez Titular, Abogado Rolando Lázaro Quintana Ballester, Cédula de Identidad Nº 4.147.902, quien lo suscribe, y la Secretaria Titular, Abogada Mireya Carmona Torres, Cédula de Identidad Nº 8.721.077, quien lo refrenda.
ACTUANDO EN SEDE CIVIL, PRODUCE EL SIGUIENTE FALLO DEFINITIVO.
Solicitud: 23.112
Motivo: Rectificación Actas del Registro Civil
Solicitante: Garbati de Boscán María Asmara Auxiliadora y Garbati Gatbati Guido Andrés, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 2.628.038 y 9.163.454 respectivamente, domiciliados, la primera en la Ciudad de Valera, estado Trujillo y el segundo, en Caracas, Distrito Capital.
Apoderado Judicial: Jesús Butron Vergel, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.315.268 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.481.
SINTESIS PROCESAL
Recibida la presente solicitud por distribución de fecha 04 de abril de 2008, introducida por el Abogado Jesús Butron Vergel, apoderado judicial de los solicitantes, ya identificados; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, solicita la rectificación de las siguientes Actas de Registro Civil:
1. Acta de Defunción de la ciudadana María Edén Poggioli Rosales de Garbati, asentada en los libros de registro civil, llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera, estado Trujillo, bajo el Nº 288, correspondiente al año 1954, ya que la misma se encuentra errada en lo siguiente: El nombre del abuelo de los solicitantes aparece como GENIO GARBATI, siendo lo correcto: DELO GENIO GARBATI.
2. Acta de Defunción del ciudadano Delo Genio Garbati, asentada en los libros de registro civil, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Valera, Trujillo, bajo el Nº 344, del año 1943; ya que la misma se encuentra errada en lo siguiente: Se omitió el nombre del padre de los solicitantes, el cual es JOSÉ RAFAEL EDGARDO GARBATI POGGIOLI.
3. Acta de Nacimiento de la ciudadana María Asmara Auxiliadora Garbati Garbati, asentada en los libros de registro civil, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Valera, estado Trujillo, bajo el Nº 55, correspondiente al año 1945, ya que la misma se encuentra errada en lo siguiente: El nombre del padre de la solicitante aparece como EDGARDO GARBATI POGGIOLI, siendo lo correcto: JOSÉ RAFAEL EDGARDO GARBATI POGGIOLI y el nombre de la madre como ADA GARBATI POGGIOLI, siendo lo correcto FRANCISCA ADA IMELDA GARBATI POGGIOLI.
En fecha 08 de abril de 2008, se emplazó a la parte solicitante a consignar los recaudos a fin de resolver sobre la admisión o no de la solicitud; siendo consignados los mismos en fecha 09 de abril de 2008, (folios 04 al 22).
En fecha 14 de abril de 2008, fue admitida la solicitud, se ordenó librar Cartel de Citación a cuantas personas pudiesen tener interés o ver afectados sus derechos en la presente causa, asimismo, se acordó la notificación al Fiscal 8º del Ministerio Público, por medio de Boleta. Se libró Cartel, (folios 23 y 24).
En fecha 16 de abril de 2008, se libró Boleta de Notificación a la Fiscal Octavo del Ministerio Público, (folios 25 y 26).
En fecha 22 de abril de 2008, el Alguacil de este despacho, consignó a las actas y debidamente firmada Boleta de Notificación de la Fiscal 8º del Ministerio Público, (folios 27 y 28).
En fecha 24 de abril de de 2008, el abogado Jesús Butron Vergel, consignó ejemplar del Diario Los Andes, en el que fue publicado el Cartel de Citación ordenado por este Tribunal; la secretaria del despacho desglosó la página donde aparece el referido Cartel y lo agregó a las actas, (folios 29 al 31).
En fecha20 de mayo de 2008, la ciudadana María Asmara Auxiliadora Garbati de Boscán, asistida de Abogado, consignó copia de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 11 de febrero de 2008 en ele expediente Nº 22.816, (folios 32 al 44).
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:
De las Pruebas presentadas:
1. Copia Certificada de Acta de Matrimonio Nº 8, llevada por el Registro Civil del Municipio Monte Carmelo, del año 1905; de los ciudadanos Delo Genio Garbati y María Edén Poggioli, marcada “B”, cursante a los folios 09, 10, 11 y 12.
2. Copia Certificada de Acta de Nacimiento Nº 17, llevada por el Registro Civil del Municipio Monte Carmelo, del año 1913, del ciudadano José Rafael Edgardo Garbati Poggioli, marcada con la letra “D”, cursante a los folios 15, 16, 17.-
3. Copia Certificada de sentencia dictada por este Juzgado en fecha 11 de febrero de 2008, cursante a los folios 33 al 44.
4. Copia Certificada de Acta de Nacimiento Nº 55, del libro de nacimiento del año 1955, llevado por el Registro Civil del Municipio Valera del Estado Trujillo, de la ciudadana Maria Asmara Auxiliadora Garbati Garbati.
Documentales que este Juzgador aprecia de conformidad a lo dispuesto en los artículos 509 y 419Artículo del Código de Procedimiento Civil, y 1359 del Código Civil.
Ahora bien, de los documentos analizados, se verifica el error material alegado en la presente solicitud, el cual consiste:
Primero: Que en el Acta de Defunción de la ciudadana María Edén Poggioli Rosales de Garbati, asentada en los libros de registro civil, llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera, estado Trujillo, bajo el Nº 288, correspondiente al año 1954, la misma se encuentra errada, por cuanto aparece que era casada con GENIO GARBATI, siendo lo correcto: DELO GENIO GARBATI.
Segundo: Que en el Acta de Defunción del ciudadano Delo Genio Garbati, asentada en los libros de registro civil, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Valera, Trujillo, bajo el Nº 344, del año 1943; la misma se encuentra errada por cuanto se omitió el nombre del padre de los solicitantes, el cual es JOSÉ RAFAEL EDGARDO GARBATI POGGIOLI.
Tercero: Que en el Acta de Nacimiento de la ciudadana María Asmara Auxiliadora Garbati Garbati, asentada en los libros de Registro Civil, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Valera, Estado Trujillo, bajo el Nº 55, correspondiente al año 1945, ya que la misma se encuentra errada por cuanto el nombre del padre de la solicitante aparece como EDGARDO GARBATI POGGIOLI, siendo lo correcto: JOSÉ RAFAEL EDGARDO GARBATI POGGIOLI y el nombre de la madre como ADA GARBATI POGGIOLI, siendo lo correcto FRANCISCA ADA IMELDA GARBATI POGGIOLI.
En consecuencia, lo procedente en derecho es declarara Con Lugar la presente Solicitud de Rectificación de Actas del estado Civil. Así se decide.
DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente Solicitud de Rectificación de Actas del Estado Civil, presentada por los ciudadanos Maria Asmara Auxiliadora Garbati de Boscán y Guido Andrés Garbati Garbati, identificados. En consecuencia, quedan rectificadas las actas del estado Civil que a continuación se mencionan, debiendo ser colocados las respectivas Notas Marginales en dichas actas de la siguiente manera:
Primero: El Acta de Defunción de la ciudadana María Edén Poggioli Rosales de Garbati, asentada en los libros de registro civil, llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Mercedes Díaz, Municipio Valera, estado Trujillo, bajo el Nº 288, correspondiente al año 1954, la misma se encuentra errada, por cuanto aparece que era casada con GENIO GARBATI, en el sentido que se estampe su Nota marginal que la extinta era casada con DELO GENIO GARBATI.
Segundo: El Acta de Defunción del ciudadano Delo Genio Garbati, asentada en los libros de registro civil, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Valera, Trujillo, bajo el Nº 344, del año 1943; la misma se encuentra errada por cuanto se omitió el nombre del padre de los solicitantes, se estampe la Nota Marginal en el sentido que aparezca que JOSÉ RAFAEL EDGARDO GARBATI POGGIOLI, sea incluido como hijo del extinto Delo Genio Garbati.
Tercero: El Acta de Nacimiento de la ciudadana María Asmara Auxiliadora Garbati Garbati, asentada en los libros de Registro Civil, llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Valera, Estado Trujillo, bajo el Nº 55, correspondiente al año 1945, el nombre del padre de la solicitante aparece como EDGARDO GARBATI POGGIOLI, siendo lo correcto: JOSÉ RAFAEL EDGARDO GARBATI POGGIOLI y el nombre de la madre como ADA GARBATI POGGIOLI, siendo lo correcto FRANCISCA ADA IMELDA GARBATI POGGIOLI, en el sentido de que se estampe la Nota Marginal como hija de JOSE RAFAEL EDGARDO GARBATI POGGIOLI y de FRANCISCA ADA IMELDA GARBATI POGGIOLI
Quedando en todo caso a salvo derechos de terceros. De conformidad a las disposiciones legales se remiten sendas copias certificadas de esta decisión a la Oficina de Registro Civil de los Municipios Monte Carmelo y Valera del Estado Trujillo, y al Registro Principal de este Estado, a los fines indicados en el Artículo 502 del Código de Procedimiento Civil. Publiquese y copiese.-
Dada, firmada y sellada en la Sede donde despacha el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Constitucional y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En Trujillo a los veintiocho (28) días del mes de mayo del año dos mil ocho (2008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-
El Juez Titular,
Abog. Rolando Quintana Ballester
La…
Secretaria Titular,
Abog. Mireya Carmona Torres
En la misma fecha, se publicó el fallo siendo las: ____________________.
La Secretaria Titular,
Abog. Mireya Carmona Torres
RQB/MCT/gcg.-
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