SALA DE JUICIO N° 02.
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
Solicitante: RONALD RIVERD ANDRADE CASTELLANOS, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.188.057.
Asistida por la Abog. MARLENE CABEZAS FISCAL OCTAVA DEL MINITERIO PUBLICO
Motivo: AUTORIZACION JUDICIAL.
Expediente N° 2668-2.-
SINTESIS
Vista la solicitud de autorización para estampar Nota Marginal, introducida ante éste Tribunal por el ciudadano RONALD RIVERD ANDRADE CASTELLANOS, asistido por la abogado Asistido en este acto por la Fiscal Octava del Ministerio Público, Abg. MARLENE CABEZAS, Fiscal Octava del Ministerio Público, quien representa a la niña: (SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de 02 años de edad, quien alega que el padre de la niña ROXI YULIETH CASTELLANOS GRATEROL, solo tenia el apellido materno CASTELLANOS y en fecha 29-06-07, fue legitimado por sus padres ciudadanos: JOSE RAFAEL ANDRADE SANTIAGO Y EULALIA DEL CARMEN CASTELLANO, y por tanto pide que le sea estampada la correspondiente nota marginal a la partida de nacimiento de la niña, (SE OMITE EL NOMBRE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), registrada ante la Unidad Hospitalaria del Registro Civil de Nacimientos del Hospital Juan Montezuma Ginnari del Municipio Valera Estado Trujillo. El Tribunal pasa a pronunciarse sobre lo pedido de la siguiente manera:


MOTIVA
Observa el Tribunal que el cambio producido en la identificación del la padre de niña (SE OMITE EL NOMBRE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), específicamente el haber adquirido el apellido del padre afecta la condición de la misma en razón de lo cual se considera pertinente sobre la base del Principio de Interés Superior del Niño, ordenar que se estampe la respectiva Nota Marginal.
DISPOSITIVA
En tal virtud este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: Se ordena estampar la nota marginal en el acta de nacimiento de la niña (SE OMITE EL NOMBRE SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), la cual se encuentra asentada ante la Unidad Hospitalaria de Registro Civil de Nacimientos del Hospital Juan Montezuma Ginnari del Municipio Valera Estado Trujillo, bajo el Nª 207 del año 2006 , en el sentido de indicar que al ciudadano: RONALD RIVERD ANDRADE CASTELLANOS, tenia el apellido materno CASTELLANOS y en fecha 29-06-07, fue legitimado por sus padres ciudadanos: JOSE RAFAEL ANDRADE SANTIAGO Y EULALIA DEL CARMEN CASTELLANO. Envíese copia certificada de ésta decisión al ciudadano Registrador Civil del Municipio Valera del Estado Trujillo y al Registrador Principal del mismo Estado, a los fines indicados en el Código Civil. Dada, firmada y sellada en la sede del despacho de éste Tribunal. En Trujillo a los Cinco (05) días del mes de Mayo del año dos mil ocho (2008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

La Jueza Provisoria El Secretario Titular

Abog. Alejandrina Rivas Ruiz Abog. Jorge León Alburjas

En esta misma fecha se publicó el presente fallo siendo las 11:45 a.m., dejando copia de la misma en el copiador de sentencias.

El Secretario Titular

Abog. Jorge León Albujas
ARR/JLA/Maribel.
Exp N° 2668-2