REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE


JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA,
ESCUQUE, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y MOTATAN
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
197° Y 149°
En horas de despacho del día de hoy quince (15) de mayo del año dos mil ocho 2008, siendo las nueve y treinta (9:30) de la mañana, día y hora fijados por este Tribunal para dar cumplimiento a la comisión emanada por el Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, (ENTREGA DE INMUEBLE) por concepto de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, se trasladó y constituyó este Tribunal en un inmueble ubicado en la en la Urbanización La Plata l, ubicado frente a la antigua embotelladora COCACOLA Avenida Mexico en el Municipio Valera, del Estado Trujillo sitio indicado por la parte actora, abogada ENRIQUETA CAROLINA MULLER DE PELIGRA, titular de la cedula de identidad Nº 14.800.318, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 109.345 apoderada Judicial del demandante CARMELO PELIGRA CARBONARO. Seguidamente el Tribunal notifica de su misión al ciudadano ALEXIS ANTONIO VALERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.457.999, quien es el Demandado, y notificado de la misión del Tribunal, permitió el acceso al inmueble. En este estado hizo acto de presencia el Abogado JOSE GREGORIO VIERAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 112.032; para asistir al demandado ALEXIS ANTONIO VALERO ya identificado. En este estado la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “ indico como inmueble a entregar en este acto un lote de terreno, ubicado en la ciudad de Valera del Estado Trujillo, el cual tiene una superficie de un mil seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados con treinta y seis decímetros cuadrados (1648;36mts 2) y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con la Calle Coromoto en una longitud de cuarenta y siete metros con doce centímetros (47,12Mts); SUR: Con Terrenos de la Urbanización La Plata C.A. en una longitud de cuarenta y siete metros con diecinueve centímetros (47,19 Mts ); ESTE: Con Terrenos propiedad de la Urbanización La Plata C.A. en longitud de treinta y cuatro metros con noventa y cinco centímetros ( 34,95 MTS) ;OESTE: con Avenida México en una longitud de treinta y cinco metros con un centímetro ( 35,01 Mts),solicito al Tribunal nombre y juramente Perito Evaluador a la ciudadana Maria Gladis Ramírez, titular de la cedula de identidad Nº 5.349.172, para que deje constancia de las adherencias que se hayan en el inmueble objeto de la presente entrega, es todo”. El Tribunal, nombra como Perito Evaluador a la ciudadana Maria Gladis Ramírez, titular de la cedula de identidad Nº 5.349.172, quien estando presente acepo el cargo y presto el juramento de ley entrando de inmediato en el ejercicio de sus funciones. En este Estado la Perito Evaluador solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “las adherencias que se encuentran en el inmueble son: una estructura en tubular y techo de zinc, que da hacia la Avenida Mexico y en “L “ a la vía que conduce al Terminal de pasajeros con piso en cemento rustico en mal estado, una segunda Estructura igual a la primera dividida por portón de acceso y también hacia la Avenida México en las mismas condiciones; Tres: al fondo se haya una tercera estructura en tubo y techo de zinc, en mal estado y parcialmente desmantelada. En el lindero que da a la Calle Coromoto se hayan siete (7) mini locales, construidos en paredes de bloque con estructura de hierro en su techo de zinc piso de cemento en mal estado, se haya adherido al suelo un kiosco en lamina y estructura de hierro color azul y blanco, todo el perímetro del inmueble cercado con tela tipo ciclón, con portones de acceso por la calle Coromoto y Avenida México condiciones generales en mal estado es todo”.En este estado el Ciudadano ALEXIS ANTONIO VALERO, ya identificado y asistido por el abogado JOSE VIERAS, también identificado solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “ Deja constancia que hace entrega del terreno , peo haciendo la salvedad que las estructuras en hierro y zinc no me pertenecen si no que son del ciudadano CARLOS VALERO es todo”. En este estado la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “ Vista la manifestación del demandado, donde señala que hace entrega del inmueble que ocupó en su totalidad en calidad de arrendatario, y de igual forma señala que las estructuras según sus dichos pertenecen a una tercera persona ajena a la relación de arrendamiento que existió, señalo a los fines de dejar resguardados los derechos de mi poderdante que en el presente juicio se ordeno la entrega del inmueble indicado en este acto, en consecuencia de ello resulta por demás extemporáneo la argumentación que el demandado hace en este acto mas aun que pretenda en este acto alegar un presunto derecho de tercero, de lo cual no consta ni demuestra en este acto la ocurrencia del mismo, es sabido igualmente que quien pretenda alegar presuntos derechos de propiedad que verse sobre inmuebles o sus adherencias, que en nuestro código civil vigente exige títulos debidamente protocolizados por ante la oficina de Registro Inmobiliario competente es todo “ Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta, Escuque, San Rafael de Carvajal y Motatan de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace ENTREGA DEL INMUEBLE, señalado en el presente despacho en ubicación Medidas y Linderos y plenamente identificado por la parte actora.El Tribunal deja constancia que los bienes muebles que se encontraban dentro del inmueble entregado, fueron retirados del mismo en su totalidad y en forma voluntaria en este acto por el demandado plenamente identificado. Cumplida como fue la presente comisión, ordena remitir la misma al tribunal de la causa previo registro de su salida en los libros respectivos, se deja constancia que en este acto estuvo presente la sargento primero (FAPET) MERCEDES GODOY, titular de la cédula de identidad N° 8.724.155, El tribunal no teniendo nada más que practicar ordena el regreso a su sede, a las doce y quince minutos (12:15) de la tarde , es todo. Terminó, se leyó y conforme firman:
El Juez temporal

ABG. LUIS C. MORENO P.


El Notificado


ALEXIS A. VALERO R
La Abg. Actora

ENRIQUETA MULLER DE P.

El abg. Asistente

JOSE G. VIERAS

La Perito Avaluador

MARIA G. RAMÍREZ
La funcionario Policial

MERCEDES GODGOY
La Secretaria Accidental

EMMA MARIN U.


COMISION Nº 2483-2008