REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA Y ESCUQUE
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA,
ESCUQUE, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y MOTATAN
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
197° Y 148°
En horas de despacho del día de hoy diecinueve (19) de mayo del año dos mil ocho ( 2008), siendo las nueve (09:00) de la mañana; día y hora fijados para cumplir con la comisión de ENTREGA DE INMUEBLE Y EMBARGO EJECUTIVO emanada del Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo; se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio indicado por la parte actora, representada en este acto por la abogada ANA BAPTISTA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 62.237, en un inmueble ubicado en una Casa de habitación Familiar Ubicada en el Callejón 14 Sector La Ciénega de la ciudad de Valera Estado Trujillo. Seguidamente El Tribuna toca a las puertas del inmueble, no habiendo respondido persona alguna. La parte actora solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “Pido que se nombre como Perito Avaluador a la ciudadana GLADIS RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° 5.349.172 y como Depositario Judicial al ciudadano FREDDY VASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 4.059.851, y como cerrajero al ciudadano JESUS DARIO PORTILLO titular de la cedula de identidad N° 3.212.671 es todo.”El Tribunal visto lo solicitado por la parte actora nombra como Perito Avaluador a la ciudadana GLADIS RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° 5.349.172 y como depositario al ciudadano FREDDY VASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 4.059.851, y como cerrajero al ciudadano JESUS DARIO PORTILLO titular de la cedula de identidad N° 3.212.671 quienes estando presentes aceptaron el cargo y prestaron el juramento de Ley entrando de inmediato en ejercicio de sus funciones .En este estado hizo acto de presencia la ciudadana ANGELA RITA ZAMBRANO UZCATEGUI, titular de la cedula de identidad Nº 9228.421, quien es la demandada y expuso : “ que se esta mudado que esta esperando el camión y que ya tiene todo recogido y en este momento precederá a retirarlos en forma voluntaria y bajo su responsabilidad.”. Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Urdaneta, San Rafael de Carvajal, Motatan y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la Desposesion Jurídica del inmueble objeto de la medida y hace entrega formal al a la Demandante del inmueble libre de personas y bienes. En este estado la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso “Recibo el inmueble libre de personas y bienes y renuncio a la medida de Embargo Ejecutivo. El Tribunal cumplida como fue la presente comisión ordena remitir la misma al Tribunal comitente previo registro de su salida en los libros respectivos. Se deja constancia que en este acto estuvo presente la Sargento Primero MERCEDES GODOY, titular de la cedula de identidad N° 8.724.155, adscrita al Departamento Policial N° 20 de Valera Estado Trujillo y una comisión al mando, Cabo Segundo Linares Geovanny titular de la cedula de identidad N° 13.206.116. El Tribunal no teniendo nada más que practicar ordena el regreso a su sede, siendo las () de la tarde. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
El Juez Temporal.
Abg. Luis Moreno Pérez
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La Demandada
Abogada Demandante
Ángela Rita Zambrano
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Abog. Ana Baptista Depositario Judicial
Freddy Vásquez
Perito Avaluador
Los Funcionarios Policiales
Gladis Ramírez Sgto Primero . Mercedes Godoy
Cabo Segundo. Linares Geovanny
Secretaria Accidental
Emma Marin Urdaneta
Comisión N° 2471-2008