REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS VALERA, URDANETA,
ESCUQUE, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y MOTATAN
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
197° Y 149°
En horas de despacho del día de hoy ocho (08) de mayo del año dos mil ocho 2008, siendo las nueve (9:00) de la mañana, día y hora fijados por este Tribunal para dar cumplimiento a la comisión emanada por el Juzgado Primero de de los municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, (EMBARGO PREVENTIVO DE BIENES MUEBLES), se trasladó y constituyó este Tribunal en un inmueble ubicado en la vereda 13, Urbanización Libertador (PLATA III), Municipio Valera, sitio indicado por la parte actora, ciudadana YOLANDA JOSEFINA BRICEÑO DE DÍAZ, plenamente identificada en autos, asistida en este acto por el abogado JORGE MENDEZ ARAUJO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 58.033, seguidamente el Tribunal notifica de su misión a la ciudadana KATIUSKA ARLEY OJEDA CONTRERAS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 10.912.713, co-demandada de autos, permitiendo el acceso al inmueble, seguidamente el Tribunal procede a nombrar como Perito Avaluador a la Ciudadana MARÍA GLADIS RAMÍREZ, cédula de identidad N° 5.349.172, y como Depositario Judicial al ciudadano FREDDY VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.059.851, quienes estando presentes aceptaron los cargos y prestaron el Juramento de ley entrando de inmediato en el ejercicio de sus funciones. En este estado la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido que le fue expuso: “indico como muebles a Embargar Preventivamente: UNO: un (01) juego de comedor compuesto de un mesa con superficie de madera y vidrio con cinco sillas de madera forradas en tela; DOS: un (01) ceibo de madera color caoba con cuatro gavetas y dos puertas; TRES: un (01) juego de muebles compuesto de un sofá de tres puestos y dos de un puesto forrado en tela Beig, con una mesa de madera redonda; CUATRO: catorce (14) cuadros al óleo de diferentes tamaños, pintores y motivos; CINCO: un (01) juego de recibo compuesto de cuatro poltronas en mimbre con sus cojines forrados en tela estampada con una mesa ovalada; SEIS: un (01) televisor marca LG con control, serial N° 908KT02502; SIETE: un (01) ventilador marca OSTER color negro; OCHO: un (01) televisor marca Goldstard; NUEVE: un (01) taladro marca TAKIMA color Rojo, serial N° TK0545360; DIEZ: una (01) caladora marca TAKIMA, color rojo serial N° TK0253040989; ONCE: una (01) Lavadora marca PHILLIPS, color blanco serial N° 134697; pido que se deje los bienes aquí embargados bajo guarda y custodia de la parte demandada de autos, es todo.”En este estado la perito avaluador MARÍA GLADIS RAMIREZ, pide la palabra y concedido que le fue expuso:“los muebles a embargar comprenden el valor y características siguientes: UNO: un (01) juego de comedor compuesto de un mesa con superficie de madera y vidrio con cinco sillas de madera forradas en tela cuyo valor es de Cien Bolivares Fuertes (100,00 BsF); DOS: un (01) ceibo de madera color caoba con cuatro gavetas y dos puertas con un valor de Cincuenta Bolivares Fuertes (50,00 BsF); TRES: un (01) juego de muebles compuesto de un sofá de tres puestos y dos de un puesto forrado en tela Beig, con una mesa de madera redonda cuyo valor es de Ciento Cincuenta Bolivares Fuertes (150,00 BsF); CUATRO: catorce (14) cuadros al óleo de diferentes tamaños, pintores y motivos cuyo valor es de Veinte Bolivares Fuertes (20,00 Bsf) Cada Uno, Para Un Total De Doscientos Ochenta Bolivares Fuertes (280,00 BsF); CINCO: un (01) juego de recibo compuesto de cuatro poltronas en mimbre con sus cojines forrados en tela estampada con una mesa ovalada cuyo valor es de Ciento Cincuenta Bolivares Fuertes (150,00 BsF); SEIS: un (01) televisor marca LG con control, serial N° 908KT02502 cuyo valor es de Ciento Treinta Bolivares Fuertes (130,00 BsF); SIETE: un (01) ventilador marca OSTER color negro cuyo valor es de Cien Bolivares Fuertes (100,00 BsF); OCHO: un (01) televisor marca Goldstard, se desconoce su funcionamiento cuyo valor es de CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (50,00 BsF); NUEVE: un (01) taladro marca TAKIMA color Rojo, serial N° TK0545360 cuyo valor es de TREINTA BOLIVARES FUERTES (30,00 BsF), se desconoce su funcionamiento; DIEZ: una (01) caladora marca TAKIMA, color rojo serial N° TK0253040989, valor es de Treinta Bolivares Fuertes (30,00 BsF) se desconoce su funcionamiento; ONCE: una (01) Lavadora marca PHILLIPS, color blanco serial N° 134697; cuyo valor es de Cincuenta Bolivares Fuertes (50,00 BsF), se desconoce su funcionamiento, todo en regular estado para un total de UN MIL CIENTO VEINTE BOLIVARES FUERTES (1.120,00 BsF), es todo”, El Tribunal vistas las exposiciones realizadas por la parte actora acuerda lo convenido por lo tanto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL EMBARGO PREVENTIVO DE LOS BIENES MUEBLES plenamente identificados y declara la Desposesión Jurídica de los mismos de conformidad con lo establecido con el artículo 536 del código de Procedimiento Civil, y deja a solicitud de la parte actora bajo Guarda y Custodia de lo aquí embargado a la co-demandada de autos quien se compromete a conservarlos como un buen padre de familia, se deja constancia que en este acto estuvo presente la sto 1ro (FAPET) MERCEDES GODOY, titular de la cédula de identidad N° 8.724.155, y los Agentes ALDANA GONZALEZ RUBEN DARÍO y RIERA YULL, titulares de la cédula de identidad N° 18.350.208 y 14.780.225, todos adscritos al departamento policial N° 20; El Tribunal no teniendo nada más que practicar ordena el regreso a su sede, a las doce y cinco de la tarde (12:05pm) de la tarde, es todo. Terminó, se leyó y conforme firman:
El Juez temporal


ABG. LUIS C. MORENO P.


La Co-demandada


KATIUSKA ARLEY OJEDA CONTRERAS

La Parte Actora


YOLANDA JOSEFINA BRICEÑO DE DÍAZ


El Abogado Asistente


ABG. JORGE MENDEZ

La Perito Avaluador


MARÍA G. RAMIREZ


El Depositario Judicial


FREDDY VASQUEZ

La Funcionario Policial


MERCEDES GODOY

Agentes (FAPET)

ALDANA GONZALEZ RUBEN DARÍO



RIERA YULL



El Secretario Titular



ABG. LUIS G. MUJICA T.

Comisión N° 2468-2008.