REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de mayo de dos mil ocho.
197º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-001586
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: MILORIS DEL PILAR OROPEZA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.- 11.789.502, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de TRES MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 3.000), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MILORIS DEL PILAR OROPEZA BASTIDAS, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CALLE 2 ENTRE AVENIDA PRINCIPAL Y TRANVERSAL 1 CASA S/N SECTOR LA CONSTITUYENTE, JURISDICCION DE LA PARROQUIA TAMACA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de 12,00 metros con calle 2 que es su frente, SUR: En línea de 12,00 metros con terrenos ocupados por José Gregorio Crespo, ESTE: En línea de 23,00 metros con terrenos ocupados por Yojailis Yánez y OESTE: En línea de 23,00 metros con terrenos ocupados por Jhonny González. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA
ABG. HAROLD PAREDES BRACAMONTE ABG. LUISA AGÜERO
HRPB/LaAe/achf.
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