REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2007-019358
La ciudadana MARIA DORA RODRIGUEZ DE BORZELLINO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.416.193, presento escrito donde solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que en la misma se incurrió en el error de escribir el nombre de su madre como: “AGUSTINA” siendo lo correcto “AGOSTINHA”.- La solicitud se admitió cuanto lugar a derecho, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana MARIA DORA RODRIGUEZ DE BORZELLINO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-7.416.193, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre como: “AGOSTINHA”.- En consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la siguiente Partida de Nacimiento y al Registrador Principal correspondiente: inserte la nota marginal en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 1079 del año 159fte de fecha 15 de Abril de 1968. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los ocho (08) días del mes de mayo del año dos mil ocho.- Años. 198º y 149º.-
El Juez., La Secretaria.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
Publicada en su fecha.
HRPB/LaAe/vcg
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