REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

Este Tribunal de Control N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Declara sin lugar la solicitud de nulidad de las actuaciones practicadas por la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) en la presente causa por haber sido debidamente comisionado por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, titular de la acción penal, fundamentada dicha comisión ante este Tribunal en la naturaleza de la investigación que le ocupa a su despacho, por estar directamente ligada a la empresa Petrolera Nacional, PDVSA, empresa estratégica del estado venezolano, estando dentro de las competencias de dicha dirección de inteligencia y prevención, adelantar la presente investigación para la cual fue comisionada; se observa que informa la Fiscalía también fue comisionado el Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas, como órgano principal de investigación penal mas sin embargo de