REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución 01
TRUJILLO, 10 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2005-000833
ASUNTO : TP01-P-2005-000833

Realizada audiencia oral y pública en hoy 10- 11- 2.008, siendo las 22:10 de la tarde, se constituyo el Tribunal de ejecución N° 01, a cargo del Juez Abg. Antonio Moreno Matheus, la Secretaria del Tribunal abg. Magaly Castro Altuve y el alguacil Francisco Colmenares.
El Juez solicita a la secretaria verificar la presencia de las partes dejando constancia que se encuentran presentes el Fiscal XI del Ministerio Publico Abg. Juan Marín, el penado Jorge Jerez no se encuentra presente la Defensora Privada Abg. Hilda Uzcategui. El Juez procede a imponer al penado de la decisión de fecha 24/10/2008, donde se le otorga el beneficio de prelibertad de Suspensión Condicional de la ejecución de la pena al penado JORGE JOSE JEREZ CAÑIZALEZ, de 24 años de edad, soltero, archivista y estudiante, titular de la cedula de identidad N° 16.533.758, nacido en la ciudad de Maracaibo, del Estado Zulia el 10- 03- 1.984 y residenciado en la urbanización Plata 01, calle 02, N° 107 final de la calle Valera, Estado Trujillo en régimen de prueba de un año el con fundamento legal en los artículos 65 de la Ley de Régimen Penitenciario en concordancia, quedando el penado al cumplimiento de las condiciones siguientes: 1. No cambiar de residencia sin autorización del Tribunal, así mismo para salir del país. 2 NO cometer delito ni falta durante el disfrute del beneficio. 3 Mantener siempre y en todo momento conducta ejemplar en todos sus actos. 4Continuar sus labores regulares, ya expresado a que se contrae el Informe Técnico multidisciplinario, acordando que en caso de perder el empleo participarlo de inmediato a su Delegado de Prueba y al Tribunal. 5 Dar cumplimiento a las condiciones, estatutos y resoluciones que le imponga el Delegado de Prueba, donde quedará subordinado, y así se deja establecido.
Estando presente el penado JORGE JOSE JEREZ CAÑIZALEZ, de 24 años de edad, soltero, archivista y estudiante, titular de la cedula de identidad N° 16.533.758, quien manifiesta al Tribunal que se da por notificado de la presente decisión de régimen de prueba de UN ( 01) AÑO, y se compromete a cumplir con las condiciones impuestas.
Estando presente el Fiscal XI del Ministerio Publico manifiesta al Tribunal que se da por notificado de la presente decisión.

Juez de Ejecución N° 01

Antonio José Moreno Matheus


Secretaria

Magaly Castro