REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución 01
TRUJILLO, 11 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-005324
ASUNTO : TP01-P-2008-005324
Realizada audiencia oral y pública hoy 11- 11- 2.008, siendo las 02:45 de la tarde, se constituyo el Tribunal de Ejecución N° 01, a cargo del Juez Abg. Antonio Moreno Matheus, la secretaria del Tribunal Abg. Magaly Castro Altuve y el alguacil José Antonio Gamboa. El Juez solicita a la secretaria verificar la presencia de las partes dejando constancia que se encuentran presentes la Fiscal XI del Ministerio Publico Abg. Ana Baptista, el penado Rafael Enrique Carrillo Sánchez. El Juez abre el acto y procede a imponer al penado de la decisión de fecha 30/10/2008, donde se ejecuta la sentencia y se realiza el computo de pena, por cuanto al penado de autos no le corresponde la medida alternativa de Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena, por haber sido penado a prisión de tres años ( 03 ) por el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31, segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en agravio de la sociedad, en razón a que la pena oscila entre seis a ocho años de prisión y el artículo 60 ordinal 4° de la ley especial que rige la materia en comento exige y consagra que el hecho punible cometido merezca pena que no exceda a seis años en su límite máximo. Estando presente el penado RAFAEL ENRIQUE CARRILLO SÁNCHEZ, titular de la cedula de identidad N° 20.655.451, manifiesta al Tribunal que se da por notificado de la presente decisión que el 11- 05- 2.009 opta a destacamento de trabajo. Estando presente la representación fiscal manifiesta al Tribunal que se da por notificada de la presente decisión. Se acuerda notificar a la defensa. Solicitar antecedentes penales.
Juez de Ejecución N° 01
Abg. Antonio José Moreno Matheus
Secretaria del Tribunal
Abg. Magaly Castro Altuve
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