REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunales de Ejecución Sección Adolescentes
TRUJILLO, 17 de noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-D-2008-000064
ASUNTO : TP01-D-2008-000064
Celebrada audiencia en esta misma fecha, convocada a los fines de revisar la medida que cumple el joven sancionado ____se garantizó el Derecho de palabra a la abogada Odalis Flores Blanco, Defensora Pública Nº 03 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes de la Unidad de Defensa de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, quien expuso: “Visto que durante la ejecución de la medida estas deben ser revisadas, modificadas o sustituidas es por lo que solicito que la misma se revise y de estimarlo prudente se sustituya por una medida menos gravosa, tomando en consideración lo plasmado por el Equipo Multidisciplinario en el informe Evolutivo de mi representado conforme a los artículos 622 parágrafo 2 y 647 literal “e” la Ley Especia Minoril Es todo.”
Seguidamente se le garantiza el derecho de palabra al abogado Daniel Quevedo Gudiño, Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien expone: “Pido que se mantenga la medida hasta el tiempo fijado, solicitando al Tribunal se mantenga la medida. Es todo.”
Seguidamente se impone al sancionado del precepto constitucional establecido en el artículo 49 cardinal 5 y del artículo 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quien se identifica como ____ venezolano, de ____años de edad, fecha de nacimiento ____ titular de la cedula de identidad Nº ____grado de Instrucción primer año de bachillerato, obrero, hijo ____residenciado en I____quien expone “No tengo nada que decir, es todo”
Una vez escuchadas las exposiciones de las partes hace las siguientes consideraciones se realiza la presente audiencia a los fines de verificar si las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, impuesta como sanción al adolescente ____ cumple o no con los objetivos para los cuales fue impuesta o es contraria al proceso en desarrollo de los adolescentes, en cumplimento de lo establecido con el numeral e) del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; este Juzgador, en base al objetivo de la ejecución de las medidas establecido en el artículo 629 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente pasa a decidir en los siguientes términos:
Revisadas las actuaciones este Tribunal observa del informe evolutivo presentado por el Equipo Multidisciplinario que el joven están cumpliendo con la medida de liberta asistida y con las reglas de conducta impuestas salvo la asistencia a algunas charlas, ya que se mantiene trabajando desempeñándose como ayudante de albañilería, no ha cambiado de residencia sin autorización del Tribunal, y en cuanto a las charlas de orientación fijadas si bien no se evidencia un cabal cumplimiento se le asignó nuevo cronograma debido a que extravió la guía que indicaba las fechas a asistir, estableciendo como “conclusiones para el joven: emocionalmente revela altos niveles de impulsividad… socialmente se le aprecia descuido por sus obligaciones sociales existen rasgos psicopáticos de personalidad, mal pronostico conductual…” Por lo que no se estima procedente la Sustitución de las medidas que cumple el joven sancionado toda vez que necesita refuerzos que le permitan afrontar con responsabilidad las consecuencias derivadas del hecho por el cual se le sancionó.
Por las razones de hecho y derecho expuestas a lo largo de esta audiencia, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, efectuada la revisión de la sanción, declara Improcedente, la sustitución de las medidas de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, impuestas conjuntamente como sanción al joven ____ manteniéndose las mismas. Ofíciese al Equipo Multidisciplinario anexando copia de la decisión.
Publíquese y Regístrese. Agréguese copia en el copiador de resoluciones correspondiente.- Dada, Sellada y Firmada en Trujillo, Estado Trujillo, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre de 2008.-
El Juez
La Secretaria
Abg. Richard Pepe Villegas
Abg. Mayra Alejandra Rosales