REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunales de Ejecución Sección Adolescentes
TRUJILLO, 27 de noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-D-2002-000014
ASUNTO : TP01-D-2002-000014
Celebrada audiencia en esta misma fecha, ya que hizo acto de presencia el joven ____ acompañado de la Defensora Pública Abg. Emma Perdomo a los fines ponerse a derecho por orden de captura decretada en su contra, se acordó celebrar audiencia especial al encontrarse presente igualmente el Fiscal X del Ministerio Público Abg. Daniel Quevedo.
Primeramente la abogada Emma Perdomo Pérez, Defensora Pública Nº 02 del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescente, solicitó fuese garantizado el derecho de palabra a su representado quien se identificó como ____ venezolano, de ____años de edad, natural de Valera, nacido en fecha ____ Portador de la Cédula de Identidad N° ____ hijo de ____ residenciado en ____quien manifestó no sin antes haber sido impuesto del precepto constitucional establecido en el articulo 49 cardinal 5 del texto Constitucional “Yo cumpli la medida de las charlas, deje de ir unas pocas veces, temporalmente, por cuanto en el trabajo en el cual me desempeñaba no me daban permiso y no podía perderlo por cuanto mi esposa se encuentra embarazada lo cual me ha ocasionado ciertos gastos, pero yo luego volví a presentarme a cumplir regularmente ante CECOFAS Valera, la medida impuesta, estando conciente de mi cumplimiento cuando ellos mismos solicitaron el cese de la medida. es todo ”
Acto seguido se garantizo el derecho de palabra a la Defensa quien expuso “efectivamente se evidencia que mi representado mostró interés en cumplir con la medida
justificándose el muy poco tiempo que dejó de acudir a las charlas de orientación impartidas por CECOFAS, pero que posteriormente fueron retomadas nuevamente tal
como se evidencia en el Informe de Cumplimiento de Medida de fecha 15-11-2008 cursante a los folios 301 al 303, de la causa en el que se refleja su interés por mantenerse activo en el campo laboral, por lo que solicito que vencido como se encuentra la fecha de culminación de la sanción establecida sea acordada la cesación de la misma de conformidad con el articulo 647 literal “h”, ya que así lo deja ver CECOFAS cuando solicita sea decretado el cese de la sanción.”
Seguidamente se le garantiza el derecho e palabra al Fiscal X del ministerio Público quien expuso “Revisado el Informe presentado por CECOFAS, se desprende que fue poco el tiempo en el cual el joven se ausentó o no asistió a las charlas que debía recibir y posteriormente retomó su asistencia para el cumplimiento de la medida, pero debe ser objeto de responsabilidad por sus faltas.”
Acto seguido el Juez una vez oída las exposiciones de las partes pasa a realizar las siguientes consideraciones:
Revisadas las actuaciones se observa:
Primero: Este Tribunal en fecha 21-11-2007 ordena la captura del sancionado ____con ocasión de oficio Nº 186 de fecha 16-11-2007 proveniente de CECOFAS Valera donde informa al Tribunal que el adolescente antes mencionado no ha cumplido con la sanción establecida, folios 251 y 253.
Segundo: En fecha 09 de Octubre de 2008 se recibe Oficio Nº 172 proveniente de CECOFAS donde solicita al Tribunal el Cese de la medida impuesta al sancionado, para el cierre del expediente llevado por el centro, informando al respecto este Tribunal que sobre dicho sancionado pesaba una orden de captura folios 286 y 287.
Tercero: En fecha 12-11-2008, se recibe escrito por parte de la defensa pública en el cual requiere se oficie a CECOFAS a los fines de que informe sobre el cumplimiento o no de la medida impuesta por parte del sancionado, siendo requerida dicha información a CECOFAS folios 298 y 299.
Cuarto: En fecha 15.11.2008, se recibe de CECOFAS informe de cumplimiento de medida de Libertad Asistida señalando en las oportunidades específicas en las cuales el joven se había ausentado a dar cumplimiento a la medida establecida, folios 301 al 303.
Por las razones antes expuestas se desprende ciertamente que el joven sancionado se ausentó temporalmente en el cumplimiento de la Medida de libertad Asistida motivo este que origina la orden de captura librada por este Tribunal en su contra, pero es el caso, que el sancionado retoma la asistencia a las charlas de orientación sin ser informado este Tribunal al respecto.
Ahora bien se desprende de lo expuesto que el sancionado cumplió con la sanción impuesta a pesar que en determinadas ocasiones no se presentó, Visto lo anterior, el juzgador considera evidente que la medida ha sido cumplida por el sancionado al haber cumplido regularmente, lo cual creo niveles de aprehensión de responsabilidades. Por tanto corresponde al Tribunal conforme a lo establecido en el literal "h" del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: "Decretar la cesación de la medida", finalizando con ello la sanción impuesta al prenombrado joven y consecuencialmente dejar sin efecto la orden de captura decretada.
Por las razones y fundamentos de hecho y de derecho expuestos a lo largo de la audiencia decisión este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Seccional de Adolescentes, en Función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: La Cesación de la Sanción, conforme al artículo 647.h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que cumplía el joven ____ ya identificado, impuesta por el delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 415 del Código Penal vigente para el momento de los hechos. Igualmente se deja SIN EFECTO la ORDEN DE CAPTURA dictada en su contra en fecha 21-11-07.- Notifíquese a CECOFAS Valera y a las partes de la presente decisión. Ofíciese a los órganos de seguridad para que sea excluido de la lista de los solicitados.- Líbrense boletas de notificación. Cúmplase lo ordenado.
Publíquese y Regístrese, agréguese copia en el copiador de resoluciones correspondiente. Dada, Sellada y Firmada en Trujillo, Estado Trujillo a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2008.
El Juez
La Secretaria
Abg. Richard Pepe Villegas
Abg. Mayra Alejandra Rosales