REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, CONSTITUCIONAL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
Su Juez Natural, Abg. Rolando Quintana Ballester, Titular de la Cédula de Identidad Nº 4.147.902 quien suscribe y La Secretaria Titular, Abg. Mireya Carmona Torres, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.721.077 , quien lo refrenda.
ACTUANDO EN SEDE CIVIL
PRODUCE EL PRESENTE FALLO DEFINITIVO:
EXPEDIENTE No. 3007
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: BALZA CARDENAS CESAR ENRIQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V- 4.324.568, domiciliado en Valera, Estado Trujillo.
SÍNTESIS PROCESAL
Cumplido el requisito administrativo de Distribución, se recibe la presente demanda en fecha 29 de Octubre de 2008, bajo el No. 0009.
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano CESAR ENRIQUE BALZA CARDENAS, ya identificado, asistido por el Abogado Danny Carrillo, en la cual solicita que de conformidad con las disposiciones establecidas en los Códigos Civil y de Procedimiento Civil, se le declare a él y a sus hijos VIRGINIA EMPERATRIZ BALZA TORRES Y CESAR ALEJANDRO BALZA TORRES COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto XIOMARA EMPERATRIZ TORRES DÍAZ, quien falleció el 04 de Diciembre de 2007, a consecuencia de: Astrocitoma Cerebral e Insuficiencia Respiratoria.
De las pruebas
Con el escrito presentó la solicitante: Cursantes a los folios 03 y siguientes, Acta de Defunción, Acta de Matrimonio, y Acta de Nacimientos de los hijos del extinto.
A los folios 13 y siguientes, cursa declaración de los Testigos, ciudadanos EDUARDO NICOLAS BASTIDAS SANTOS y LOPEZ PAREDES MARIO LUIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 11.315.713, y 15.217.243, respectivamente, evacuados ante este Tribunal.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR:
Análisis Probatorio
Primero: En cuanto a las documentales presentadas, Acta de Defunción, y Actas de Nacimientos, las mismas se aprecian de conformidad con el artículo 1357 del Código Civil.
Segundo: En cuanto a las Testifícales de los ciudadanos EDUARDO NICOLAS BASTIDAS SANTOS y LOPEZ PAREDES MARIO LUIS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 11.315.713, y 15.217.243, antes identificadas, se aprecian de conformidad con el artículo 509 y 508 del Código de Procedimiento Civil, las cuales se analizan a continuación:
Quienes estuvieron contestes al exponer: “que conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación, al ciudadano CESAR ENRIQUE BALZA CARDENAS Y XIOMARA EMPERATRIZ TORRES DÍAZ; que les consta que eran esposos; QUE LES CONSTA QUE LOS CIUDADANOS VIRGINIA EMPERATRIZ BALZA TORRES Y CESAR ALEJANDRO BALZA TORRES eran hijo de la de cujus XIOMARA EMPERATRIZ TORRES DÍAZ; que les consta que la ciudadana Xiomara Emperatriz Torres Díaz, murió a consecuencia de Astrocitoma Cerebral e Insuficiencia Respiratoria el cuatro (04) de Diciembre de dos mil siete; que le consta que de cujus Xiomara Emperatriz Torres Díaz, no tuvo más hijos, ni adoptivos ni reconocidos”.
A tal efecto el Juzgador observa que la exposición formulada por el solicitante, los instrumentos presentados y demás justificaciones que acompañó, son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditarles el derecho suficiente que asiste a los ciudadanos CESAR ENRIQUE BALZA CARDENAS, VIRGINIA EMPERATRIZ BALZA TORRES Y CESAR ALEJANDRO BALZA TORRES como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta XIOMARA EMPERATRIZ TORRES DÍAZ.- Así se decide.-

DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por el Ministerio del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA XIOMARA EMPERATRIZ TORRES DÍAZ, a los ciudadanos CESAR ENRIQUE BALZA CARDENAS y a sus hijos VIRGINIA EMPERATRIZ BALZA TORRES Y CESAR ALEJANDRO BALZA TORRES.- Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.- Devuélvanse las originales de estas actuaciones al solicitante y déjense copias certificadas para el archivo de este Tribunal. Dada, Firmada y Sellada en la Sede donde Despacha el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Constitucional y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo En Trujillo a los siete (07) días del mes de Noviembre de 2008. Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular,

Abg. Rolando Quintan Ballester
La Secretaria Titular,

Abg. Mireya Carmona Torres
En la misma fecha se publicó el fallo anterior siendo las:________.
La Secretaria Titular,

Abg. Mireya Carmona Torres
RQB/imu.-.