República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.
Sala de juicio N° 02.

Trujillo, 04 de Noviembre de 2008
198 y 149.

Vista la diligencia emitida por ante el Servicio Autónomo de Protección al Niño, Niña y Adolescente Trujillano, realizada por los ciudadanos JOSE LUIS MORENO GARCIA y JOSEFINA VILLARREAL, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.323.271 y 6.600.783, donde piden a este tribunal el egreso definitivo de su hijo el niño (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNA), de 11 años de edad. El Tribunal debe asumir funciones en base a las facultades que le son otorgadas por el articulo 676, letra “A” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en vista de que la solicitud de aplicación de medida de protección establecidas en los artículos 125 y 126 ejusdem, efecto al cual en virtud de estas normas de la misma Ley.

Dispositiva.

Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se ordena el egreso definitivo del niño: (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNA), de 11 años de edad, quien se encuentra interno en el Servicio Autónomo de Protección al Niño, Niña y Adolescentes del Estado Trujillo, (SAPNNAT), para que permanezca en el hogar de sus progenitores ciudadanos: JOSE LUIS MORENO GARCIA y JOSEFINA VILLARREAL, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.323.271 y 6.600.783, domiciliados en la vía Monte Carmelo Mesa del Palmar casa s/n del Estado Trujillo.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la oficina Servicio Autónomo de Protección al Niño, Niña y Adolescentes del Estado Trujillo, (SAPNNAT), con el objeto de que realice la entrega del niño (Se omite su nombre de acuerdo a las previsiones de la LOPNA).
TERCERO: Provéase y ofíciese lo conducente.

La Juez Unipersonal Nro. 2 El Secretario

Abg. Alejandrina Rivas Ruiz Abg. Jorge León
ARR/arb
Exp. 05686