REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 7 de Noviembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-004343
ASUNTO : TP01-P-2007-004343
El Tribunal para decidir observa:
Motivación Para decidir
Revisada la presente causa, se observa que el Despacho Fiscal en fecha 12.04.2007, presentó ante la oficina de alguacilazgo escrito donde notifica al Tribunal el inicio de la investigación D21.2538.07, todo conforme al 76 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, quien debió presentar acto conclusivo dentro del lapso perentorio de cuatro (04) meses, el cual culminó en fecha 13/08/2008. El Tribunal observa que en fecha 07 de agosto de 2007 el tribunal de control Nº 01 de esta circunscripción judicial acordó prorroga de 90 días solicitada por el despacho fiscal, contados a partir del 09 de agosto de 2007, trascurrido los 90 días otorgados para presentar acto conclusivo, Tribunal Penal de control Nº 01 de esta circunscripción judicial acordó oficiar a la Fiscalia Superior en fecha 30/06/2008, y visto que ha transcurrido el lapso previsto en el artículo 103 de la Ley in comento, sin que el ministerio Público presente escrito fiscal de acto conclusivo, este Tribunal en cumplimiento de la misma norma considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR EL ARCHIVO EN LA PRESENTE INVESTIGACION de conformidad con el artículo 79 Y 102 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia..
Por lo expuesto, y a tenor de las previsiones del mismo artículo, se ordena el cese inmediato de cualquier medida que pese sobre el imputado RODOLFO ANTONIO RODRIGUEZ; victima: ISORA OJEDA MATOS, CEDULAS DE IDENTIDAD NO APORTADAS POR EL DESPACHO FISCAL.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase la presente causa a la Fiscalía del Ministerio Público.
Decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Numero 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA DE LIBERTAD QUE PESE CONTRA DEL IMPUTADO RODOLFO ANTONIO RODRIGUEZ; victima: ISORA OJEDA MATOS, CEDULAS DE IDENTIDAD NO APORTADAS POR EL DESPACHO FISCAL, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 79 Y 102 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.
Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informativamente.
La Jueza de Control, Audiencia y Medidas Nº 01
Abg. Maritza Rivas Araujo El Secretario