REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 3 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: KPO1-s-2004-007167

Vista la solicitud presentada por el ciudadano Wilmer A. Oviedo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.437.047, en su carácter de Apederado Judicial del ciudadano YURI MAO YEPEZ PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.439.855, quien solicita la entrega del Plena vehículo, el cual es de las siguientes características: Clase: Camioneta, Marca: Chevrolet, Modelo: Blazer 4X4; Año: 1995; Placas: SAA-43M; Color: Beige, Tipo: Sport Wagon; Uso: Particular; Serial de Carrocería: C1T6WSV300666-2-1; Serial de Motor: WSV300666. El Tribunal para decidir a cerca de la petición hecha por el solicitante, observa: Que el solicitante presentó ante este Juzgado de Control los documentos que a continuación se indican, sobre el vehículo solicitado, como son: Original de documento debidamente notariado de compra-venta, inserto bajo el Nº 15, Tomo 26 de los libros de autenticaciones llevado por ante la notaria publica de El Tocuyo Municipio Moran del Estado Lara, Certificado de Registro de vehiculo Nº 25451067 (C1T6WSV300666-2-2).

En fecha 26/06/2008, el Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transito y Transporte Terrestre practica experticia al vehículo, donde se deja constancia de lo siguiente: Se trata de un vehiculo Clase Camioneta, uso particular, Marca: Chevrolet. Modelo Blazer, 4X4, Placas: SAA-43M, Color: Beige; Año: 1995; Tipo: Sport Wagon, presenta buen estado de conservación, valor aproximado de Cuarenta y Cinco Mil Bolívares Fuertes (45.000.00) Aproximadamente. PERITAJE. El presente trabajo tiene como objeto el estudio de las áreas o partes que identifican con serial al vehiculo y es como sigue: En el tablero o panel del conductor, se observa una chapa de metal con un serial de carrocería en troquel alto relieve con la siguiente codificación al alfanumérica C1T6WSV300666, esta chapa en cuanto a ubicación, impresión y material así como su fijación con dos remaches es ORIGINAL de planta ensambladora. La identificación en base a serial del motor, se lee la siguiente codificación WSV300666, con superficie y troquel ORIGINAL. CHEQUEO EN EL SISTEMA INFORMACION POLICIAL Y REGISTRO 1. Verificados datos de matricula SAA-43M, ante el Registro nacional de Vehiculo del INTT, registra con todas las características y propiedad de YURI PEREZ, Cedula de Identidad Nro. 5.439.855, numero de tramite 25451067 de fecha 12/06/2007, por traspaso uno. 2. No posee requerimiento ante el Cuerpo De Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas.- CONCLUSION: Del vehiculo en estudio, se concluye en lo siguiente: 1. La estructura de diseño de estos modelos de vehiculo, se base en dos aspectos, Chasis y Carrocería, adheridas entre si mediante un sistema de fijación (Seis Tornillos) y la identificación mediante seriales es realizada en cinco (5) partes por parte ensambladora, es decir Troquel en chasis , impresión en el latón carrocería, chapa con impresión y fijación con remaches a la carrocería , troquel motor y caja, en estos aspectos de Mecánica y Diseño, el vehiculo se encuentra ORIGINAL. 2. En un 96% el vehiculo en cuanto a su impresión de los seriales que la identifican, también se encuentra ORIGINAL a pesar que alguitas áreas que comprometen a la impresión mediante troquel /Chasis y de Seguridad), le fueron producidos daños deliberados muy superficiales, desconociéndose la intención, pero sin embargo no fueron graves o profundos como para borrar o anular su identificación. 3. En vista al porcentaje de Originalidad en cuanto a los seriales, Certifico que son ORIGINALES. OBSERVACIONES: Se hace del conocimiento que este vehiculo objeto de estudio fue sometido a similar trabajo en el mes de Diciembre del 2006, requerido en esa oportunidad por la Defensoria del Pueblo del Estado Lara, mediante Oficio Nro. DP/DDEL/2006-001099 fecha 04 Dic. 2006 y entre otras diligencias, planta ensambladora de la General Motor de Venezuela, corroboro la Originalidad de los seriales y en ese sentido el contenido lo ratifico en su totalidad.

Analizada tanto la documentación presentada por el solicitante, así como las actuaciones que rielan en la presente causa, considera quien aquí decide, que dicho vehiculo ya fue entregado al solicitante en Guardia y Custodia por un Juzgado de Control. Ahora bien tal como se ordenó, la entrega de dicho vehículo en Guarda y Custodia, por cuanto el solicitante era un poseedor de Buena Fe, tal como quedó demostrado ante el Tribunal y en virtud de esa decisión y por cuanto las circunstancias por las cuales fue retenido el vehiculo han cambiado, es la razón por la cual este Juzgado de Control N° 1 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ratifica la entrega en CALIDAD DE LEGITIMA PROPIEDAD, del vehículo ya identificado y ordena nuevamente la entrega del citado vehículo al solicitante WILMER A. OVIEDO, titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.437.047, Apoderado Judicial del ciudadano: YURI MAO YEPEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.439.855, con a obligación de presentarlo ante el Tribunal cuando este lo solicite. Así se decide.


DISPOSITIVA

Por las razones expuestas este Juzgado de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA PROCEDENTE LA ENTREGA DEL VEHÍCULO CLASE: Camioneta, MARCA: Chevrolet, MODELO: Blazer 4X4; Año: 1995; PLACAS: SAA-43M; COLOR: Beige, TIPO: Sport Wagon; USO: Particular; SERIAL DE CARROCERÍA: C1T6WSV300666-2-1; SERIAL DE MOTOR: WSV30066, al ciudadano: WILMER A. OVIEDO, titular de la Cedula de Identidad Nº V-5.437.047, Apoderado Judicial del ciudadano: YURI MAO YEPEZ PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.439.855, en CALIDAD DE LEGITIMA PROPIEDAD, con a obligación de presentarlo ante el Tribunal cuando este lo solicite. SEGUNDO: Se ordena la ENTREGA DE LOS DOCUMENTOS ORIGINALES que cursan a los folios 104 del presente asunto, dejando copias certificadas del mismo.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Cúmplase.-
LA JUEZ DE CONTROL No. 1 (S)

ABG. ELENA GARCIA MONTES