REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Se levantó acta de audiencia preliminar donde el Tribunal dicta Orden de apertura de Juicio Oral y Publico. Emplaza a las partes a que comparezcan en un plazo común de cinco días al tribunal de juicio. Se sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad oída la declaración de la victima en esta sala de audiencias por una medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en: 1.-Prohibición de acercarse a la victima y testigo en la presencial de la presente causa. 2.- Prohibición de cambiar de domicilio. 3.- prohibición de portar cualquier tipo de arma de fuego o blanca. 4.- Presentarse al Tribunal y Fiscalia las veces que sea citado. 5.- Presentación ante el tribunal cada quince (15) días. En cuanto a los ciudadnos Staley Cordero y Steve Cordero decreta Medida de privación Judicial Preventiva de Libertad ordenándose librar la respectiva Orden de Aprehensión a nivel Nacional, debiendo abrirse cuaderno separado por secretaria.