REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

ACTA DE AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADO
En horas del día de hoy 07 de Octubre de 2008 las 05:00 de la tarde, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Presentación de Imputado en la causa seguida a la ciudadana MILANY ANTONIO ANDRADE MONTILLA, se constituyó este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la Juez Suplente Abg. Iralba Valecillos Briceño, acompañada de Secretario de Tribunal Abg. Jonathan Briceño, a los fines de dar inicio al acto en virtud del escrito de presentación interpuesto por el Fiscal V del Ministerio Público en contra de la imputada MILIANY ANDRADE MONTILLA, por la presunta comisión del delito de PORTE DE ARMA. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que se encuentran presentes: La Fiscal VII del Ministerio Público Abg. Ingrid Peña en colaboración con la Fiscalia IV del ministerio público, la Defensora Pública Abg. Luz María Mora, la imputada MILANY ANDRADE MONTILLA, La juez vista la presencia de las partes apertura el acto e impone a las partes del motivo significado e importancia del mismo. En este estado el imputado solicita el derecho de palabra y manifiesta que designa como su defensora de confianza a la Abogado GLENDA MALDONADO inpreabogado 44.550 con domicilio procesal av. 23 con calle 08 edificio Montefiorino, apartamento 06 3er piso, las acacias municipio Valera estado Trujillo. Acto seguido la Juez le cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expone los fundamentos de hecho y de derecho del acta policial de fecha 05/10/2008 de la imputada MILIANY ANDRADE MONTILLA por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y ACTO FALSO CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 277 y 322 DEL CODIGO PENAL igual solicita se califique la detención como flagrante de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 eiusdem y la imposición de la medida cautelar sustitutiva de libertad de las que a bien considere el Tribunal. Seguidamente la Juez procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 a la Imputada MILANY ANDRADE MONTILLA titular de la cédula de identidad Nº 17.036.695 de 27 años de edad, fecha de nacimiento 26/04/1981, estado civil soltero, hijo de José Antonio Andrade y Carmelina Montilla, Natural de Trujillo estado Trujillo residenciado en Santa Lucía de Monay, Calle las Acacias casa Nª no lo recuerda, cerca del Club Tiro fijo, color crema, Municipio Pampán estado Trujillo y expone: me acojo al precepto constitucional. Seguidamente la juez le cede el derecho de palabra a la Defensora Privada quien expone: solicito libertad plena ya que el hecho no reviste carácter penal. La juez oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, administrando justicia en nombre de la república bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: 1.- se decreta la aprehensión de la imputada MILANY ANDRADE MONTILLA como flagrante de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. 2.- se precalifica el hecho como PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y ACTO FALSO CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 277 y 322 DEL CODIGO PENAL. 3.- se decreta la aplicación del proceso ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. 4.- se decreta la medida cautelar consistente en la obligación de presentarse ante el Tribunal las veces que lo requiera, de conformidad con el artículo 256.9 eiusden, líbrese la correspondiente boleta de libertad. 5.- La presente acta contiene la decisión fundamentada, téngase la misma como resolución de la presente audiencia. El Tribunal le hace entrega al Fiscal VII del Ministerio Público Abg. Ingrid Peña del expediente original de la presente causa constante de 15 folios útiles, quien estando presente manifiesta su conformidad y la recibe. Se termino siendo las 05:30 de la tarde. Se cumplieron las formalidades de ley y de conformidad firman.

La Juez de Control Nº 01 Fiscal VII MP


Abg. Yralba Valecillos Briceño Defensora Pública

Imputado


El Secretario de la Sala