REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución 01
TRUJILLO, 30 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-004293
ASUNTO : TP01-P-2007-004293

Como quiera que este tribunal en esta misma fecha declaró con lugar la redención judicial en relación al penado LUIS ALBERTO FLOR ordenando reformar el cómputo de pena, en relación al penado se realiza al tenor siguiente:
Redimió la Pena por el Trabajo y el Estudio el penado LUIS ALBERTO FLOR ( INDOCUMENTADO) , en un tiempo de TRES ( 03) MESES Y DIECIOCHO ( 18 ) DIAS, conforme al artículo 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con el articulo 507 y 508 del Código Orgánico procesal Penal; es por lo que este Tribunal pasa de inmediato a reformar el cómputo de la Pena de conformidad con lo establecido en el artículo 482 en su último aparte del Código Orgánico Procesal Penal de la siguiente manera:
El penado LUIS ALBERTO FLOR, con la redención acordada en la presente fecha cumple la pena definitiva según computo de pena de fecha 13 DE ABRIL DEL 2.013
A partir de ese cálculo de cumplimiento de pena, efectuado , se realiza el cómputo adecuado a las fechas de calendario en el siguiente sentido:
El penado puede optar previo los demás requisitos legales a:
DESTACAMENTO DE TRABAJO al cumplir la cuarta parte de la pena EL 10- 10-2.008

REGIMEN ABIERTO al cumplir la tercera parte de la pena el 12- 04- 2.009

LIBERTAD CONDICIONAL al cumplir las dos terceras partes de la pena eL 12 – 04- 2.011
.
CONFINAMIENTO al cumplir las tres cuartas partes de la pena en fecha el 10-10- 2.011
DE SEPTIEMBRE DEL 2.011.-
Dejando constancia que el cómputo es siempre provisional que está sujeto a reformas por nuevas redenciones mediante trabajo y o estudio intramuros y así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la ley.
Notifíquese. Impóngase al penado, hágase las participaciones de ley. Se ordena la realización de estudios técnicos multidisciplinarios . Se acuerda solicitar los antecedentes penales que pueda registrar el penado
El Juez

Antonio J. Moreno Matheus

La Secretaria

Abg. Magaly Castro