REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintinueve de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: TP11-L-2008-000279
PARTE ACTORA: YOBANY JOSE MATOS
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: AURA ROSA ROMÁN BRICEÑO
PARTE DEMANDADA: LORENZO BRICEÑO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ARAUJO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veintinueve de octubre de dos mil ocho, siendo la 1:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio por ante el Tribunal Cuarto de Sustanciación Mediación y Ejecución a cargo de la Jueza Abogada AURA ESTELA VILLARREAL y de la Secretaria Abogada SANDRA BRICEÑO; se deja expresa constancia de que presente la Apoderada Judicial de la parte demandada: Abogada MARIA ARAUJO inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 39.028, y la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar estando presente la Procuradora del Trabajo Abogada AURA ROSA ROMAN inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 105.399,, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez

Abg. Aura Villarreal La Secretaria

Abg. Sandra Briceño


Procuradora del Trabajo Apoderada parte demandada