REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 20 de octubre de 2008
198º y 149º
Sentencia Interlocutoria N° PJ0082008000182
Asunto N° 2008-000302
Visto los escritos de promoción de pruebas, presentados en fecha 08-10-2008 y 09-10-2008, el primero suscrito por la Abogada Carla Loyo Miot, INPREABOGADO N° 123.288 actuando en su carácter de apoderada judicial de la Contribuyente INVERSIONES HRC, C.A., y el segundo suscrito por los Abogados María Meide Rodríguez, Héctor Rangel Urdaneta, Roberta Nuñez Díaz, Mariela Pernía, Vanesa Santos Huen y Joaquín Dongoroz, INPREABOGADO Nos. 66.632, 108.244, 108.437, 104.892, 117.024 y 117.237 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del Municipio Chacao del Estado Miranda, donde promueven el merito favorable de los autos así como pruebas documentales; este Tribunal por cuanto no las considera ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
La Jueza Superior Titular,
Dra. Doris Isabel Gandica Andrade
La Secretaria Titular
Abg. Miriam Montes Chirguita
JCSM.-
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