REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-M-2008-000288
Visto el CONVENIMIENTO, suscrito por el BANCO CONFEDERADO S.A, representado por el Abogado en ejercicio LUIS RAFAEL MELENDEZ GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.001, parte demandante y por la parte demandada la Firma Mercantil CONSTRUCTORA INFRAVIAL C.A, representada por el ciudadano RICARDO LEOPOLDO BRETON GARCIA, en fecha 14-10-2008, en el juicio por motivo de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMATORIO), este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el mismo dándole carácter de cosa juzgada. Devuélvanse documentos Originales dejándose en su lugar copias certificadas una vez que la solicitante consigne los fotostatos. Expídase copia certificada del convenimiento y de la presente homologación. Archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez, La Secretaria.,
Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.
Seguidamente se certificaron copias.
HRPB/LAAE/jysp.-
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