REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-000866.

PARTE DEMANDANTE: RONMEL ANTONIO HERNANDEZ BARRETO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.465.297.

PARTE DEMANDADA: ENVI, C.A.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 01 de Octubre de 2008 siendo las diez de la mañana (10:00 m.), día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; ni la parte actora RONMEL ANTONIO HERNANDEZ BARRETO, ni la parte demandada ENVI, C.A, hicieron acto de presencia ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia que se hizo presente la abogada AVIANNY GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 108.918 en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.

La Juez,


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,

Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda



La Procuradora presente