REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ACTA
ASUNTO: KP02-L-2007-002695
PARTE ACTORA: JOSE RAFAEL CAMACHO PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: WILMARYS TOVAR TOLEDO
PARTE DEMANDADA: HORTALIZAS LARA C.A, FUNG SIONG NHEO y WANNA SHEN NHEU
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALBERTO JOSÉ TORRES QUINTERO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 70.219
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintitrés (23) de octubre de dos mil ocho, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, hizo acto de presencia la parte demandada HORTALIZAS LARA C.A, FUNG SIONG NHEO por medio de apoderado judicial Abogado ALBERTO JOSÉ TORRES QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°70.219, de este domicilio quien presentó poderes en original a los efectos videndi dejando copia en autos para su certificación; se deja expresa constancia de que la parte actora JOSE RAFAEL CAMACHO PEREZ no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni la demandada solidariamente WANNA SHEN NHEU, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Jueza,
Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre
La parte presente,
La Secretaria
Abg. Jennys Lucia Nieto Sánchez
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