REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control
TRUJILLO, 23 de Septiembre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-001514
ASUNTO : TP01-P-2008-001514
En fecha 22 de septiembre de 2008 a la 1:00 de la tarde día y hora para celebrar la Audiencia Preliminar seguida al ciudadano EDUAR o EDUAL ISRAEL BRAVO FALCON por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes. Este Tribunal pasa a revisar el motivo por el cual el imputado no compareció a la audiencia.
En fecha 04 de marzo de 2008 se celebro Audiencia de Presentación seguido al ciudadano EDUAR ISRAEL BRAVO FALCON por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en agravio a La Sociedad dondel tribunal le acordó…”…Cuarto: Se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal penal, al ciudadano Edual o Eduar Israel Bravo Falcón , venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.997.382, natural de del Estado Lara , nacido el 18.04.77, soltero, de 31 años de edad, ocupación trabaja como ordeñador en la finca la cubacha de Valentin Gil, hijo de Gardenia Jovina Falcón y Marcelino de Jesús Bravo, residenciado en el paramito, por la escuela graja, Parroquia Panamericana, casa sin numero como a tres cuadras de un mercal del Municipio Carache, consistente en presentación cada 15 días por ante la Prefectura del Jobo del Municipio Carache….”.
En fecha 14-05-2008 se recibió acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público y se fijo audiencia Preliminar para el día 09-06-2008 a la 1:00 de la tarde siendo recibida por otro ciudadano y una boleta de fecha 13-03-2008 en su reverso dice que no lo conocen en el sector, nuevamente se fijo para el día 08-07-2008 no comparece de nuevo y se notifica nuevamente a través del puesto policial del Municipio Carache recibida por el Cabo 2do Benítez.
Después de las consideraciones anteriores considera este Tribunal que el ciudadano EDUAR ISRAEL BRAVO FALCON no esta cumpliendo con los llamados al Tribunal para la celebración de la Audiencia Preliminar que en varia oportunidades se le a notificado razón por la cual se le revoca la Medida de conformidad con el artículo 262.2 del Código Orgánico Procesal Penal visto de que no comparece a los llamados del Tribunal y se libra Orden de Captura y una vez capturado ponerlo a la Orden del Tribunal.
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Se revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano Edual o Eduar Israel Bravo Falcón , venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.997.382, natural de del Estado Lara , nacido el 18.04.77, soltero, de 31 años de edad, ocupación trabaja como ordeñador en la finca La Cubacha de Valentin Gil, hijo de Gardenia Jovina Falcón y Marcelino de Jesús Bravo, residenciado en el paramito, por la escuela graja, Parroquia Panamericana de conformidad con el artículo 262.2 del Código Orgánico Procesal Penal visto de que no comparece a los llamados del Tribunal. SEGUNDO: Se ordena Orden de Captura al ciudadano Edual o Eduar Israel Bravo Falcón, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.997.382, natural de del Estado Lara , nacido el 18.04.77, soltero, de 31 años de edad, ocupación trabaja como ordeñador en la finca La Cubacha de Valentin Gil, hijo de Gardenia Jovina Falcón y Marcelino de Jesús Bravo, residenciado en el paramito, por la escuela graja, Parroquia Panamericana y una vez capturado ponerlo a la Orden del Tribunal. TERCERO: Ofíciese al Departamento de Control de Aprehendidos Sala de Análisis y Seguimientos estratégicos de la Información y a la División de la Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Calle el Retiro con Calle Carabobo, El Rosal Caracas, CUARTO: Ofíciese a La Prefectura de la Parroquia el Jobo del Municipio Carache del Estado Trujillo con el fin de saber si el ciudadano se esta presentando.
Trujillo, estado Trujillo a los veintitrés (23) días del mes de septiembre de dos mil ocho (2008).
La Juez de Control N° 03 El Secretario
Abg Adriana Araujo Araujo Abg Oscar V Briceño