REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diecinueve de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
SENTENCIA
Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2008-000299
PARTE ACTORA: YUSMERI CAROLINA FALCON TORRES
PARTE DEMANDADA: NARDA AGUILAR GARCIA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS JOSE ALBORNOZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 19 de septiembre de 2008 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: la parte demandada por medio de su apoderado judicial abogado ALEXIS JOSE ALBORNOZ, inscrito en I.P.S.A bajo No 58.080, NO COMPARECIENDO NI POR SI, NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL, LA APRTE DEMANDANTE ,YUSMERI CAROLINA FALCON, titular de la cedula de identidad No 17.346.475; se deja constancia que se encuentra presente la procuradora de trabajadores, AURA ROSA ROMAN, inscrita en I.P.S.A bajo el No 105.399, vista la incomparecencia de la parte demandante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo pasa a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo la 1:58 p.m. A los 198 años de la Independencia y 149 años de la Federación. Regístrese y publíquese.
ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
LA SECRETARIA,
ABG. IRENE VANDERLINDER
La Secretaria de este Tribunal deja constancia que siendo las 1:58. P.m. del día de hoy 19- 9 -2008, publicó la sentencia anteriormente dictada.
La Secretaria,
ABG. IRENE VANDERLINDER
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