REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintiséis de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2008-000356
PARTE ACTORA: ANA TERESA ALVARADO DELGADO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN VILORIA
PARTE DEMANDADA: WILLIAN ANTONIO RODRIGUEZ VILORIA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIRLA SANTIAGO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintiséis (26) de septiembre (09) de dos mil ocho (2008), siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja constancia que la parte demandada ciudadano WILLIAN RODRIGUEZ, esta presente en la persona de su apoderada judicial Abg. MIRLA SANTIAGO, inscrita en el IPSA bajo el N- 53.982, quien presenta poder en original y copia para certificar la copia y devolver el original, lo cual se cumplió de conformidad con el articulo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se devolvió el original a la parte presentante. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de SegundoPrimera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
La Juez
Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria
Abg. Irene Vanderlinder
Apoderada de la demandada
En esta misma fecha se publico
La Secretaria
Abg. Irene Vanderlinder
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