REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO





República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y
de Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, diecisiete (17) de septiembre de dos mil ocho (2008)
Años: 198º y 149º

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, así como los testigos promovidos por la parte peticionante, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros de igual o mejor derecho, declara Único y Universal Heredero, a los ciudadanos: Reinaldo Jose Badillo García, Arnaldo Jose Badillo García y Adriana Badillo García, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº 13.769.247, 9.654.939 y 9.652.588, con carácter de legítimos hijos de la de cujus Ligia Margarita García de Badillo, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 2.952.630.- Devuélvase la presente solicitud, original con sus resultas a la parte solicitante, previo el asiento respectivo en el Libro Diario que lleva este Tribunal y dejando copia debidamente certificada del expediente en el Departamento de Archivo de este Juzgado. Cúmplase.-
El Juez Titular,



Dr. Carlos Spartalian Duarte

La Secretaria,


Abg. Lisbeth Rodríguez González

IPB/LRG/Jose.-
Exp. N° S-08-0714.-