REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TIRBUNAL CUARTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio
TRUJILLO, 17 de abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-000883
ASUNTO : TP01-P-2009-000883
En la Ciudad de Trujillo el día de hoy 17 de Abril de 2009, siendo las 11:00 a.m., dando inicio a esta hora, por cuanto el tribunal estaba en otra audiencia, se hizo presente en la sala de audiencias la Juez de Juicio N° 04, Abg. Fanny Terán y la Secretaria Soraida Castellanos, a quien le solicitó verificara la presencia de las partes y se dejó constancia que se encuentran presentes: La Fiscal VII del Ministerio Público, Abg. Digna Araujo, El Imputado AMERICO DE JESUS VILLEGAS, El Defensor Público, Abg. Jorge Luque. Seguidamente la ciudadana Juez informó a las partes de la importancia y significación del acto. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien solicitó la prórroga de 15 días para presentar la acusación, de conformidad con el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, señaló que faltan los resultados de las experticias practicadas. Cedida la palabra al Imputado AMERICO DE JESUS VILLEGAS, quien previa información del motivo de la audiencia y del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución nacional vigente, expuso: Me acojo al precepto constitucional. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la defensa, quien expuso que objeta la prórroga solicitada por cuanto la Fiscalía solicito procedimiento abreviado, siendo incoherente pedir prórroga para presentar acto conclusivo. El Tribunal oídas las exposiciones de las partes y vistas las actuaciones ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, visto que dicha solicitud fue presentada dentro del lapso de ley y de conformidad con lo previsto en el cuarto párrafo del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, observando que dicha solicitud ha sido interpuesta ante el Tribunal, por cuanto el Ministerio Público se encuentra en espera de las resultas de la experticias de barrido y toxicológica, las cuales fueron ordenadas con anterioridad, en consecuencia quien decide acuerda procedente, conceder a la Representación fiscal una prórroga de 15 días a los fines de que presente el acto conclusivo, es decir presente la acusación o solicite el sobreseimiento o el archivo fiscal, contados a partir del vencimiento de los 30 días iniciales. Se notifica a las partes que la presente acta contiene el auto fundado de la decisión, corriendo a partir del día mañana el lapo para interponer los recursos respectivos. Concluyó siendo las 11:25 a.m., se procedió oral y privadamente, se leyó y conformes firman,
LA JUEZ DE JUICIO N° 04

ABG. FANNY TERÁN
La Fiscal del Ministerio Público,
El Defensor Público,
El Imputado, El Secretario

Abg. Soraida Castellanos