TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, 24 de Abril de 2009.
199º y 150º
Actuación Nº 2380-1
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: MARIBEL DELGADO ROSARIO.
Vista la solicitud que antecede, presentada por al ciudadana MARIBEL DELGADO ROSARIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.719.100, domiciliada en el Municipio y Estado Trujillo, asistida por la abogada LIVIA DEL CARMEN DELGADO de RODRÍGUEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 123.994, solicita se declare a su hija (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA), como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto REGULO RAMÍREZ CALDERÓN. Que con vista a los recaudos presentados como son: Acta de defunción al folio 7, acta de matrimonio al folio 28, actas de nacimiento inserta a los folios 8 y 31 al 38, y declaración de testigos cursante a los folios 12 al 16. Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y vencido el término por la precitada disposición legal, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto REGULO RAMÍREZ CALDERÓN, quién falleció ab-intestato, según acta de defunción inserta al folio 7 de la solicitud, a su esposa AÍDA ORTEGANO GONZÁLEZ y a sus hijos (se omiten los nombres de acuerdo a previsiones de la LOPNA) , según documentos públicos que cursan en estas actuaciones. Se dejan a salvo los derechos de terceros que pudieran tener ante el presente decreto.- Devuélvanse todas las actuaciones en original a la solicitante y déjese copias fotostáticas certificadas de las mismas en el archivo de este Tribunal.

LA JUEZ

ABG. ZORAIDA PÉREZ DE VALERA

LA SECRETARIA

ABG. EVELYN RODRÍGUEZ