REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
Trujillo, 22 de Abril de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2008-000132
ASUNTO : TP01-S-2008-000132

Visto el escrito presentado por la Fiscal I del Ministerio Publico Abg. Jose Luís Molina Gil, donde informa al Tribunal que en fecha 22/08/2008, ese Despacho Fiscal realizo acto conclusivo siendo este el archivo Fiscal de la investigación signada con el Nº D21-7632-08. Este Tribunal pasa a decidir en los siguientes términos:

PRIMERO: Revisadas las presentes actuaciones y en virtud de que la vindicta publica inicio la presente investigación penal signada con el N° D21-7632-08 en fecha 22/08/08, en contra del ciudadano: ALEJANDRO SEGUNDO ESPINOZA PEREZ, por la comisión del delito de AMENAZAS, previsto en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia, con ocasión a la denuncia interpuesta por la ciudadana: EMERITA DEL CARMEN MORENO BRICEÑO.

SEGUNDO: En fecha 23/01/2009, la Fiscalia I del Ministerio Publico, informa a este Juzgado que en fecha 20/01/2009, esa representación Fiscal realizo el acto conclusivo siendo este el Archivo Fiscal.

De tal manera que es el Ministerio Publico, siendo el titular de la acción penal organismo que le compete recabar todas las pruebas necesarias para determinar la responsabilidad penal de un sujeto activo, y presentar el acto conclusivo correspondiente en los hechos de los cuales esta investigando, se observa que en el presente caso la representación fiscal presento como acto conclusivo el Archivo Fiscal de la investigación signada con el Nº D21-7632-08 en fecha 20/01/2009, en contra del ciudadano: ALEJANDRO SEGUNDO ESPINOZA PEREZ, por la comisión del delito de AMENAZAS, previsto en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia, en agravio de la ciudadana EMERITA DEL CARMEN MORENO BRICEÑO, de conformidad con lo establecido en el articulo 79 y 102, eiusdem en concordancia con el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena el cese inmediato de cualquier medida que pese sobre el investigado Alejandro Segundo Espinoza Pérez, y la ciudadana Emerita Del Carmen Moreno Briceño. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase la presente causa a la Fiscalía I del Ministerio Público.



DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias, y Medidas de este Circuito Judicial Penal de Estado Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA DE LIBERTAD QUE PESE SOBRE EL INVESTIGADO ALEJANDRO SEGUNDO ESPINOZA PEREZ, y de la ciudadana EMERITA DEL CARMEN MORENO BRICEÑO, de conformidad con los artículos 79 y 102 de la ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia concatenado con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, por haber decretado el Despacho Fiscal el ARCHIVO FISCAL de la investigación. Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Devuélvase la causa a la Fiscalía I del Ministerio Público. Ciérrese Informativamente. Regístrese y publíquese. Déjese copia de la presente decisión en el copiador de decisiones llevado por este Juzgado.



ABG. MAGALY CASTRO ALTUVE
JUEZA TEMPORAL DEL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS



ABG. ROLANDO BRICEÑO
SECRETARIO DEL TRIBUNAL