REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 16 de Abril de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-005633
ASUNTO : TP01-P-2008-005633
Este Tribunal para decidir observa:

Motivación Para decidir
- Revisada la presente causa, se observa que el Despacho Fiscal en fecha 08 de Septiembre de 2008, dio orden de inicio de investigación, todo conforme al 76 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, y pone a la orden del Tribunal de Control al imputado Godoy Briceño Ronnie Manuel y Zambrano Lozada Jhoiser Rafael.
- En fecha 11 de Septiembre de 2008, se celebró Audiencia de Presentación de Imputados en la cual este Tribunal decretó a los imputados la aplicación de Medida Cautelar.
-En fecha 10 de Febrero de 2009, el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, Declina competencia.
-En fecha 26 de febrero de 2009, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Violencia, Audiencias y Medidas, acuerda darle entrada ala presente Causa, declarándose Competente para conocer de la misma y ordena Oficiar a la Fiscalia Superior del Ministerio Público, informándole que en la presente Causa no se ha presentado acto conclusivo, de lo cual hasta la presente fecha no se ha obtenido respuesta y visto que ha transcurrido el lapso previsto en el artículo 103 de la Ley in comento, sin que el ministerio Público presente escrito fiscal de acto conclusivo, este Tribunal en cumplimiento de la misma norma considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR EL ARCHIVO EN LA PRESENTE INVESTIGACION de conformidad con el artículo 79 Y 103 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia..

Por lo expuesto, y a tenor de las previsiones del mismo artículo, se ordena el cese inmediato de cualquier medida que pese sobre los imputados RONNIE GODOY BRICEÑO y JHOISER RAFAEL LOZADA, portadores de las Cédulas de Identidad Nº 14.800.874 y V- 19.644.368, imputados por la comisión del Delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana Carmen Yolanda García Pérez.

Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítase la presente causa a la Fiscalía del Ministerio Público.

Decisión
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control Numero 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA DE LIBERTAD QUE PESE CONTRA DE LOS IMPUTADOS RONNIE GODOY BRICEÑO y JHOISER RAFAEL LOZADA, portadores de las Cédulas de Identidad Nº 14.800.874 y V- 19.644.368, imputados por la comisión del Delito de Amenazas, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana Carmen Yolanda García Pérez, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 79 Y 103 DE LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, POR HABER DECRETADO EL ARCHIVO JUDICIAL JUDICIALDESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION. Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informativamente.


La Jueza de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 (T)

Abg. Yralba Valecillos Briceño La Secretaria

Abog. Ana Celina Materano