REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: KP02-V-2008-001998

Visto el DESISTIMIENTO, presentado por la Abogada en ejercicio MARLENE RODRIGUEZ DE ALVAREZ, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de BANCOPROVINCIAL, S.A BANCO UNIVERSAL, la parte actora, en el presente juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, llevado en contra del ciudadano DOUGLAS JOSÉ PACHECO LARA. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Expídase copia certificada del presente auto. Suspéndase la Medida de Secuestro decretada por este Juzgado en el Cuaderno Separado de Medidas signado bajo el Nº KH01-X-2008-000106, en fecha 10/07/2008, y comunicada al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipio Guanare, Boconcito, Sucre y Unda del Estado Portuguesa, bajo el oficio Nº 0900-1870. Archívese el expediente en su oportunidad. Devuélvanse documentos originales dejando en su defecto copia certificada de los mismos una vez sean consignados los fotostatos. Déjese Copia certificada del presente auto en el Cuaderno Separado de Medidas.
El Juez., La Secretaria.,

Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.
Seguidamente se certificó una copia
HRPB/LaAe/vcg