REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de abril de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : KP02-S-2009-002821
La Ciudadana ROSELIA MARIA ALVARADO DE RAMOS, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, casada, Titular de la Cédula de Identidad No. V-7.322.043, solicitó la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano HORACIO ALVARADO PEREZ (padre de la solicitante), ya que por error asentaron su nombre como "ROSA ELIA”, siendo lo correcto “ROSELIA”, La solicitud se admitió en cuanto ha lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA RECTIFICAR EL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano HORACIO ALVARADO PEREZ (padre de la solicitante), en el sentido que figure su nombre como “”ROSELIA”.- En consecuencia ordena a la Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Acta de Defunción N° 1042, durante el año 2005. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Quince días del mes de Abril de dos mil nueve. Años 198º y 150º.
El Juez., La Secretaria
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/Loreand LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-
|