REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de abril de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: KP02-S-2009-001060

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MIRIAN DEL VALLE MELENDEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de Identidad Nr° 7.365.687, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle 28 hacia la Avenida Ribereña, Casa Sin Numero, Parroquia Concepcionl, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie de TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADSO (324,00 m2); alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con Callejón sin nombre SUR: Con áreas verdes comunes ESTE: Con casa y solar de Norma Álvarez OESTE: Con la calle 28 que es su frente. Dichas bienhechurías consisten en una casa de cuatro habitaciones, sala-recibo, cocina, comedor, un baño, paredes de bloques y piso de cemento. El valor invertido es la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 30.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos WIL FRAN TRIANA Y FRANCISCO ESPINOZA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana MIRIAN DEL VALLE MELENDEZ MENDOZA, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez,

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNANDEZ SILVA

MJP/Carlos