REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO AGRARIO
Barquisimeto, 27 de abril de 2009
Año: 199º y 150º
ASUNTO: KH06-X-2009-000011
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
MOTIVO: INHIBICIÓN
JUEZ INHIBIDO: ELÍAS HENECHE TOVAR.
QUERELLANTE: CARMEN EDECIA GUTIERREZ DE PARRA
QUERELLADO: GUATIMOSIN SILVA LÓPEZ.
MOTIVO: QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO POR PERTURBACIÓN.
Nº KH06-A-1996-000016
Se recibe ACTA de Inhibición planteada por el Abg. ELÍAS HENECHE TOVAR en su carácter de Juez de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, fundamentada en el Artículo 82 ordinal 9º del Código de Procedimiento Civil, toda vez que prestó patrocinio a la ciudadana CARMEN EDECIA GUTIERREZ DE PARRA en la causa de QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO POR PERTURBACIÓN contra el ciudadano GUATIMOSIN PASTOR SILVA LÓPEZ.
Observa este Sentenciador, que la causa a la que suscribe en copias certificadas folios 2 y 3, donde se describen las partes, guarda relación con expediente que cursó ante esta Superioridad con el Nº KC03-A-1997-000001, cuyo Nº Antiguo llevado antes de ser instalado el Sistema Juris fue: 2-97-708, y cuyo Nº en Aquo es: KH06-A-1996-000016 el cual fue resuelto de conformidad con el Artículo 267 del Código de procedimiento Civil, después de haber permanecido en este Tribunal durante 9 años y 9 meses sin actuación ni motivación por parte de intervinientes, ordenándose en la sentencia, se archivara y se remitiera en su oportunidad al Archivo Judicial, por lo que considera este Juez Superior que no hay razones que puedan perjudicar su reputación, ni objetividad e imparcialidad planteada en el acta de inhibición, al cumplir con lo ordenado en la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva dictada por esta Superioridad el 06 de Abril de 2009, emitiendo oficio que de cumplimiento a lo ordenado, Archivando definitivamente la causa KH06-A-1996-000016 y remitiéndolo en su oportunidad, al archivo Judicial dándosele por terminado en los libros de Causa y en el Sistema Juris 2000, Así se Decide.
DECISION
En virtud a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Tercero Agrario, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICION planteada por el Abg. ELÍAS HENECHE TOVAR, Juez del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara, por no considerar este Sentenciador que se encuentre incurso en la causal contemplada en el Artículo 82 ordinal 9º del Código de Procedimiento Civil.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Tercero Agrario, en Barquisimeto, a los 27 días de abril de 2009. Años: 199º y 150º
EL JUEZ
CARLOS EDUARDO NÚÑEZ G.
LA SECRETARIA
Abg. BEATRIZ ELENA CORDERO
Publicada en su fecha, en horas de Despacho. Se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. BEATRIZ ELENA CORDERO.
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