REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de abril de dos mil nueve
Años: 199º y 150º

ASUNTO: KN03-X-2009-000038
Principal KP02-M-2009-000228


Se abre el presente cuaderno separado de medidas, en juicio por motivo de COBRO DE BOLÍVARES, (VÍA INTIMACIÓN), intentado por la abogada YUNAHITH SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.532.065, abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 119.376, actuando en su propio nombre y representación, contra: la ciudadana DINAYSA MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.089.950, se decreta MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre BIENES MUEBLES de la parte demandada por la cantidad de La cantidad de DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (18.600,00), que comprende el total al DOBLE de las siguientes cantidades y relativas a los conceptos reclamados:
A- La cantidad de NUEVE MIL TRECIENTOS BOLIVARES (9.300,00): Capital exigido.
B- MIL QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 1.550,00): Derecho de comisión al 1/6% del valor de la letra de cambio.
C- Los intereses moratorios vencidos los cuales y los que sigan venciendo hasta el pago definitivo del total demandado.
Más Las costa y costos del presente procedimiento hasta su terminación, calculados con la formativa legal hacienden a la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA BOLIVARES (2.790,00), y en ese caso las cantidades de dinero deberán ser remitidas en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal Supremo de Justicia
En consecuencia se acuerda librar Despacho de Embargo y para la práctica de la medida se comisiona suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara. Líbrese Despacho y remítase el mismo con oficio.-

La Jueza,

Dra. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza


La Secretaria

Maria Milagro Silva

Seguidamente se libró despacho de embargo y oficio Nº 315





Se libró oficio Nº 315 a la URDD Civil, remitiendo Despacho de Embargo Preventivo.-