REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 198º y 150º
Nº DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-2503
PARTE ACTORA: GLADYS CELINA LUGO MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 3.865.984.
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: ROBINSON SALCEDO BRICEÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 53.025.
PARTE DEMANDADA: LABORATORIOS MASCIA, S.A. y solidariamente a los ciudadanos SEVERINO MASCIA y ANA BARCAROLA.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO LUIS CASTILLO VALENZUELA y BLANCA GABRIELA HERNANDEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 6345 y 59.787 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 23 de Abril de 2009 siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece por la parte demandada LABORATORIOS MASCIA S.A sus apoderados judiciales abogados ANTONIO CASTILLO y BLANCA HERNANDEZ. Asimismo el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el Alguacil ciudadano CARLOS MORON; la parte actora no hizo acto de presencia ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,
Abg. Anniely Elías Corona
La Parte Compareciente
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