REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion
TRUJILLO, 7 de agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2009-001551
ASUNTO : TP01-P-2009-001551


Por cuanto por ante la Secretaría de este Tribunal de Ejecución se recibió la presente causa, corresponde proceder a la ejecución de la Sentencia Condenatoria, impuesta a YIMMI ELIS ERNESTO SANCHEZ, quien fue condenado por el Tribunal de Control N° 7 de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena corporal de un (01) AÑO Y CUATRO (4) MESES de PRISIÓN, más las accesorias legales correspondientes, contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal en concordancia con el artículo 217 de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la adolescente Tania Coromoto Barreto Matheus, en consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia impuesta a YIMMI ELIS ERNESTO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 21.365.577, conforme a lo establecido en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal y como quiera que por la pena impuesta es procedente el otorgamiento de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, se ACUERDA, oficiar a la Unidad técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 04 del Estado Trujillo, a la División de Antecedentes Penales. Se ordena notificar al Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público, al defensor y se ordena notificar al penado a los fines de que acuda a este Tribunal a los fines de ser impuesto de la presente decisión.- Cúmplase.

El Juez de Ejecución N° 3,


MIGUEL HERNANDEZ SALINAS.
La Secretaria,
LAURA ARAUJO PILYPIUK