LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
Su Juez Natural, Abogada Mayerling Lisbeth Cantor Arias y el
Secretario Titular del Despacho, Abog. Jorge Enrique León A quien lo refrenda
Produce el presente fallo
Trujillo, 11 de Agosto del 2009
199° y 150°

DEMANDANTE: María Ysleida Torres Dávila, titular de la cédula de identidad N° V-13.376.013
DEMANDADO: María Alejandrina Dávila Arias, titular de la cédulas de identidad N° V-9.160.608
MOTIVO: Colocación Familiar

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana: María Ysleida Torres Dávila, titular de la cédula de identidad N° V-13.376.013, parte demandante en el presente proceso de Colocación Familiar, asistida por la abogada Marlene Coromoto Cabezas Villegas, Fiscal Octava del Ministerio Público, mediante la cual desiste de la presente solicitud en consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO. Igualmente el tribunal acuerda el archivo del presente expediente. Así se decide, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Publíquese y cópiese.-

La Juez Provisorio El Secretario

Abog. Mayerling L. Cantor Arias Abog. Jorge Enrique León Alburjas

MLCA/JELA/Kdvd
EXP: N° 06055