REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 06 -08-2009
199° y 150°

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR
(Desistido)

ASUNTO Nº KP02-L-2009-61

PARTE ACTORA: RONMEL ANTONIO HERNANDEZ BARRETO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.465.297
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: AVIANNY GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.918, en su condición de procurador del Trabajo
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil ENVI C.A
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 06 de agosto 2009, siendo las 11:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, es anunciada la misma por el Alguacil Jean Leonardo Tua; quien señala que la parte actora ciudadano RONMEL ANTONIO HERNANDEZ BARRETO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.465.297, no compareció, ni por si ni por medio de representante legal alguno, haciendo acto de presencia la abogada AVIANNY GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.918; en su condición de Procuradora del Trabajo, la cual no posee poder para representar al trabajador. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Publíquese y Regístrese la presente Decisión. Años 199° Y 150°. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y al mismo efecto.
LA JUEZ,
ABG. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO

LA PROCURADORA DEL TRABAJO
LA SECRETARIA