REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 11 de agosto de dos mil nueve (2009)
Años: 199º y 150º

INSTALACION DE AUDIENCIA

ASUNTO: KP02-L-2009-000114
PARTE ACTORA: RAFAEL ENRIQUE SUAREZ SUAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: AVIANNY GARCIA
PARTE DEMANDADA: ESTACION DE SERVICIO SAN LUIS DEL CENTRO, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ADRIANA VASQUEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 11 de Agosto de 2009 siendo las 10:30 am día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, anunciado el acto por el Alguacil del tribunal deja constancia que no compareció el ciudadano RAFAEL ENRIQUE SUAREZ SUAREZ, no obstante hizo acto de presencia la representación judicial de la ESTACION DE SERVICIO SAN LUIS DEL CENTRO, C.A, Abogada ADRIANA VASQUEZ, inpreabogado 104.109, según poder que presenta en original a efectus videndi para que previa certificación le sea devuelto el mismo, así mismo se deja constancia que compareció la Abogada AVIANNY C. GARCIA, inpreabogado 108.918, en su carácter de procuradora de Trabajadores del Estado Lara, pero sin poder. Por consiguiente de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, advirtiéndosele a la actora que no podrá volver a intentar esta demanda antes de que transcurran 90 días continuos, conforme al Parágrafo Primero ejusdem.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. .

El Juez


Abg. Alicia Figueroa Romero


Presentes, La Secretaria