REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 4 de Agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-001242
ASUNTO : TP01-S-2009-001242


RESOLUCION


En Audiencia celebrada el 28 de Julio de 2009, en Audiencia de Presentación de Imputado en la causa seguida al ciudadano EDUAR JESUS RODRIGUEZ MEJIA, solicitada por La Fiscalia primera del Ministerio Publico por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA AGRAVADA, en agravio de la ciudadana JUDITH COROMOTO DUARTE LEAL Y ELVA SANDOVAL MONTAÑES. Acto seguido se le cedió la palabra al Imputado quien nombra como su defensor de confianza al abogado Conrado Canelones, IPSA Nº 23.773, con domicilio procesal en Sabana de Mendoza, calle Ricaurter, casa Nº 64, Municipio Sucre del Estado Trujillo, estando presente el Defensor Privado Conrado Canelones, manifiesta que acepta la defensa y jura cumplir con los deberes inherentes al cargo. Seguidamente la Juez dio inicio al acto y señaló el motivo de la audiencia y la importancia del acto.

DE LA REPRESENTACION FISCAL

Seguidamente le fue cedida la palabra a la Fiscalía, quien narró los hechos ocurridos en fecha 26-07-2009 , se imputa al Ciudadano EDUAR JESUS RODRIGUEZ MEJIA por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA AGRAVADA previstos en los artículos 43, 42 segundo aparte y 41 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de JUDITH COROMOTO DUARTE LEAL Y ELVA SANDOVAL MONTAÑES, se califique la flagrancia de conformidad con el artículo 93 eiusdem, solicitó se acuerde la aplicación del procedimiento especial de conformidad con el artículo 94 eiusdem en el presente caso, solicito Privación Judicial Preventiva de Libertad.




EL IMPUTADO

Seguidamente la Juez le impuso al Investigado, de los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del precepto Constitucional consagrado en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal, quien se identificó como: EDUAR JESUS RODRIGUEZ MEJIA, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.485.978, Venezolano, de 20 años, nacido en fecha 13-06-89, de ocupación estudiante, estado civil soltero, domiciliado en la calle 4, carrera , sector el tigrito, casa Nº 07, exploración de pozos el Tigrito, Municipio Sucre del Estado Trujillo, y expuso: “Me acojo al precepto constitucional”.

LA DEFENSA
Acto seguido, la defensa, toma el derecho de palabra quien manifestó: Vista la exposición de mi defendido y lo solicitado por el Fiscal, solicito al Tribunal una de las medidas cautelares que establece la Ley de posible cumplimiento y que no interrumpa las labores de mi defendido, solicitando no se precalifique el delito de tentativa de violación en virtud de que mi defendido no realizo dicha conducta delictual, la misma victima fue que se rompió la camisa, el nunca quiso abusar sexualmente de ella, no consta en la presente causa informe medico forense.

LA VICTIMA

Seguidamente la juez le cede el derecho de palabra a la víctima JUDITH COROMOTO DUARTE LEAL titular de la cédula de identidad Nº 8.985.229 quien expone: eso fue como a las 3 y media, el llego y hablo con mi cuñado, yo estaba con mi cuñada, el se sentó al lado mió en una caja, yo me fui para el cuarto, el se metió también, pero se salio, luego se acabo todo y yo me acosté, yo empecé a forcejear con el, pero pude y no me maltrato y salí corriendo, llegue a mi casa, y mi mama le grito que me dejara quieta, mi mama me encontró sin la camisa, mi mama me acostó, al otro día el llego a otra casa pidiendo un cuchillo, y le rompió la camisa a la señora elva, yo fui y lo insulte, el tenia un machete en la mano, luego me fui a la policía a denunciar. Responde a la Fiscalia: el me quito la franela en la calle, pero yo no vi nadie…. Yo me fui a las 4 de la mañana para mi casa, en el momento que yo reacciono yo estaba metida en un hueco, y empecé a forcejear con el.






DISPOSITIVA

El Tribunal oídas las exposiciones de las partes y vistas las actuaciones, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Se califica la detención como flagrante al haberse producido la detención a poco de cometerse el hecho, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, este tribunal acoge de manera parcial la precalificación dada por la representante del Ministerio publico, acogiendo los delitos de VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA AGRAVADA previstos en los artículos 42 segundo aparte y 41 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de JUDITH COROMOTO DUARTE LEAL Y ELVA SANDOVAL MONTAÑES: SEGUNDO: Se ordena el procedimiento especial, de conformidad con el articulo 94 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, al ciudadano EDUAR JESUS RODRIGUEZ MEJIA, antes identificado. TERCERO: Se decreta medida cautelar sustitutiva de libertad al imputado Eduar Jesús Rodríguez Mejias, se le impone como medidas de protección a favor de la víctima de conformidad con el artículo 87 numerales y 5º, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia consistente en: PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA VÍCTIMA PARA AGREDIRLA FÍSICA NI VERBALMENTE PRESENTACIÓN CADA 15 DIAS POR ANTE ESTE TRIBUNAL. Líbrese la correspondiente boleta de libertad. CUARTO: Se acuerda examen Psicosocial del imputado en el equipo multidisciplinario adscrito a los tribunales de Violencia contra la Mujer. Se acuerda remitir copia de las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Publico en su oportunidad legal quedando las originales en el Tribunal.

LA JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01

ABG. MARITZA RIVAS ARAUJO


LA SECRETARIA
ABOG. LORENA GONZALEZ