REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE
CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO
TRUJILLO, 11 de Agosto de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-001114
ASUNTO : TP01-P-2008-001114
RESOLUCIÓN DE AUDIENCIA
VERIFICACION DE CONDICIONES
En horas del día de hoy 11 de Agosto de 2009, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de Condiciones en la causa seguida al Acusado MIGUEL JOSE TORRES, se constituyó este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas a cargo del Juez Abg. José Alberto Berroterán O, acompañado de la Secretaria de Tribunal Abg. Ana Celina Materano L, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: EL FISCAL II DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. LENIN TERAN, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, EL ACUSADO MIGUEL JOSE TORRES, LA VÍCTIMA YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ. NO SE ENCUENTRA PRESENTE: MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO. El Juez vista la ausencia de la parte mencionada, acuerda dar un lapso de espera de 30 minutos, transcurrido el lapso de espera se verifica nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: EL FISCAL II DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. LENIN TERAN, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, EL ACUSADO MIGUEL JOSE TORRES, LA VÍCTIMA YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ. NO SE ENCUENTRA PRESENTE: MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO. Acto seguido toma la palabra la Ciudadana YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ, quien manifiesta al Tribunal que su cuñada MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO, recibió la boleta de citación para la comparecencia al presente acto pero que había manifestado que no acudiría en virtud de que el mocionado acusado cumplió con las condiciones impuestas por el Tribunal. El Juez vista la presencia de las partes apertura el acto e impone a las partes del motivo significado e importancia del mismo y le cede el derecho de palabra a la Defensa Pública quien expone: ”Visto que mi defendido cumplió las condiciones impuestas en decisión de fecha 21/07/2008, solicito al Tribunal se decrete a favor de mi defendido la extinción de la acción penal y consecuentemente el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente el Juez procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 y de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado MIGUEL JOSE TORRES , titular de la cedula de identidad N° 11.131.221, natural de Trujillo de 38 años de edad, nacido en fecha 24-06-1971, Casado, ocupación Coordinador de transporte, hijo de Felix Peña y Esperanza Torres, RESIDENCIADO en TRES ESQUINAS SECTOR UNO PARTE ALTA, CASA Nº 115, Telefono 0426-7297088 Trujillo y expone: “Yo cumplí las condiciones que me fueron impuestas”. Seguidamente el Juez le cede le derecho de palabra a la víctima YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ titular de la cédula de identidad Nº 14.429.201 quien expone:”El no se volvió a meter conmigo ni con mi cuñada, él cumplió con todas las condiciones que se le impusieron”. Seguidamente el Juez le cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expone:” Visto el cumplimiento del Acusado esta Representación considera que lo ajustado a derecho es solicito se le decrete el sobreseimiento al Acusado. El Juez oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, Decreta:
DISPOSITIVA
4REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE
CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO
JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TRUJILLO
TRUJILLO, 11 de Agosto de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2008-001114
ASUNTO : TP01-P-2008-001114
RESOLUCIÓN DE AUDIENCIA
VERIFICACION DE CONDICIONES
En horas del día de hoy 11 de Agosto de 2009, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de Condiciones en la causa seguida al Acusado MIGUEL JOSE TORRES, se constituyó este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas a cargo del Juez Abg. José Alberto Berroterán O, acompañado de la Secretaria de Tribunal Abg. Ana Celina Materano L, a los fines de dar inicio al acto. Verificada la presencia de las partes, se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: EL FISCAL II DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. LENIN TERAN, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, EL ACUSADO MIGUEL JOSE TORRES, LA VÍCTIMA YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ. NO SE ENCUENTRA PRESENTE: MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO. El Juez vista la ausencia de la parte mencionada, acuerda dar un lapso de espera de 30 minutos, transcurrido el lapso de espera se verifica nuevamente la presencia de las partes y se deja constancia que SE ENCUENTRAN PRESENTES: EL FISCAL II DEL MINISTERIO PÚBLICO ABG. LENIN TERAN, LA DEFENSORA PÚBLICA ABG. SANDRA ESPINOZA, EL ACUSADO MIGUEL JOSE TORRES, LA VÍCTIMA YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ. NO SE ENCUENTRA PRESENTE: MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO. Acto seguido toma la palabra la Ciudadana YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ, quien manifiesta al Tribunal que su cuñada MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO, recibió la boleta de citación para la comparecencia al presente acto pero que había manifestado que no acudiría en virtud de que el mocionado acusado cumplió con las condiciones impuestas por el Tribunal. El Juez vista la presencia de las partes apertura el acto e impone a las partes del motivo significado e importancia del mismo y le cede el derecho de palabra a la Defensa Pública quien expone: ”Visto que mi defendido cumplió las condiciones impuestas en decisión de fecha 21/07/2008, solicito al Tribunal se decrete a favor de mi defendido la extinción de la acción penal y consecuentemente el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente el Juez procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 y de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado MIGUEL JOSE TORRES , titular de la cedula de identidad N° 11.131.221, natural de Trujillo de 38 años de edad, nacido en fecha 24-06-1971, Casado, ocupación Coordinador de transporte, hijo de Felix Peña y Esperanza Torres, RESIDENCIADO en TRES ESQUINAS SECTOR UNO PARTE ALTA, CASA Nº 115, Telefono 0426-7297088 Trujillo y expone: “Yo cumplí las condiciones que me fueron impuestas”. Seguidamente el Juez le cede le derecho de palabra a la víctima YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ titular de la cédula de identidad Nº 14.429.201 quien expone:”El no se volvió a meter conmigo ni con mi cuñada, él cumplió con todas las condiciones que se le impusieron”. Seguidamente el Juez le cede el derecho de palabra a la Representación Fiscal quien expone:” Visto el cumplimiento del Acusado esta Representación considera que lo ajustado a derecho es solicito se le decrete el sobreseimiento al Acusado. El Juez oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, Decreta:
DISPOSITIVA
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Verificado el cumplimiento por parte del Acusado MIGUEL JOSE TORRES, titular de la cedula de identidad N° 11.131.221, natural de Trujillo de 38 años de edad, nacido en fecha 24-06-1971, Casado, ocupación Coordinador de transporte, hijo de Felix Peña y Esperanza Torres, RESIDENCIADO en TRES ESQUINAS SECTOR UNO PARTE ALTA, CASA Nº 115, Telefono 0426-7297088 Trujillo de las condiciones impuestas en decisión de fecha 21/07/2008 de audiencia preliminar las cuales fueron “Prohibición expresa de comunicarse y acercarse de manera violenta a la victima MAIRA BRICEÑO ARAUJO y a su entorno familiar; -Prohibición de acercarse de manera violenta a la victima YUSLEMI COROMOTO VASQUEZ PORTILLO. Abstenerse de abusar el consumo de bebidas alcohólicas; - Prohibición de portar armas” este Tribunal considera que lo ajustado a Derecho es DECRETAR LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad con los artículos 45, 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana YUSLEMI COROMOTO PORTILLO VASQUEZ Y MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO. Remítase la causa al archivo central para su archivo definitivo. Ciérrese informáticamente. SE LES INFORMA A LAS PARTES QUE LA PRESENTE ACTA CONTIENE EL AUTO FUNDADO DE LA DECISIÓN TOMADA Y QUE EL LAPSO PARA INTERPONER RECURSO COMIENZA A CORRER A PARTIR DEL DÍA HÁBIL SIGUIENTE DE ESTE TRIBUNAL, UNA VEZ SEA NOTIFICADA LA VICTIMA MAIRA JOSEFINA BRICEÑO ARAUJO. Regístrese y Publíquese.
El Juez
Abg. José Alberto Berroterán O.
La Secretaria de la Sala
Abg. Ana Celina Materano L
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