REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 5 de Agosto de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2008-011285
ASUNTO : KP01-P-2008-011285
Vista la solicitud de entrega de vehículo presentado por el ciudadano MARIA BENITA PERDOMO ARAUJO Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.176.758, este Tribunal de Control No.6 pasa a decidir en los siguientes términos:
Al folio diez (10) cursa providencia administrativa suscrita por la Abg. Cristina Coronado en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público Circunscripción Judicial del Estado Lara, DECLARO IMPROCEDENTE la entrega del vehículo en virtud de los siguientes elementos: Por cuanto no aparece registrada la empresa SALMENAR SEGUROS en el registro Mercantil Segundo de la Circunscripción del Estado Lara ( la fecha solicitada por la fiscalia fue errada)
Al folio doce (12) corre inserta copia Certificada procedente del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara del acta constitutiva de la Empresa C:A Salmenar Seguros C, corretajes de seguro antes C.A Saldivia Mendoza Aristiguieta y Asociados, C.A inscrita en fecha 21.07.1964 bajo el N° 165 tomo 2 fecha 2001 donde se evidencia que el ciudadano Fernando Aristigueta es el presidente de la referida empresa.
Al folio cuatro (4) corre inserto copia certificada de la notaria publica tercera de Barquisimeto del documento compra – venta del vehiculo con las siguientes características PLACA ABM41N, SERIAL DE CARROCERIA 1LNCOLN, MODELO SIGNATURE, AÑO 1991, COLOR BLANCO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN USO PARTICULAR el cual es vendido por el ciudadano FERNANDO ARISTIGUETA ECHEVERRIA actuando con su carácter de Presidente de la empresa Slamenar seguros C.A a la ciudadana MARIA BENITA PERDOMO ARAUJO
Cursa al folio (33) Experticia de Reconocimiento Legal efectuada al vehiculo cuyas características son las siguientes: PLACA ABM41N, SERIAL DE CARROCERIA 1LNCOLN, MODELO SIGNATURE, AÑO 1991, COLOR BLANCO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN USO PARTICULAR en cuyas conclusiones se establece que todos los seriales son ORIGINALES.
Cursa al folio (34) Experticia para determinar a través del análisis comparativo la autenticidad o falsedad del material debitado consistente en un Certificado de Registro de Vehiculo N° 24952463 a nombre de SALMENAR SEGUROS C.A PLACA ABM41N, SERIAL DE CARROCERIA 1LNCOLN, MODELO SIGNATURE, AÑO 1991, COLOR BLANCO, CLASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN USO PARTICULAR en cuyas conclusiones se establece que el mismo es AUTENTICO
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.5 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la ENTREGA PLENA del vehículo antes identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana MARIA BENITA PERDOMO ARAUJO Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.176.758,
Segundo: Notificar con carácter de urgencia a la solicitante que informe en que Estacionamiento se encuentra el vehiculo a fin de que se materialice la entrega del mismo ya que no consta en el expediente el sitio donde se encuentra. Notifíquese a las Partes, ofíciese a la Fiscalía del Ministerio Público. Regístrese. Cúmplase.
ABG. ALICIA OLIVARES MELENDEZ
Juez Sexto en funciones de Control
El Secretario.