REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 10 de Agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO : KP02-F-2009-000846

Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO ACUERDO entre los ciudadanos: JUAN CARLOS ARICUCO MORAUT y CARLA ASTRID VELASQUEZ PUERTA, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.12.250.318 y 14.880.209 respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio JENNY RAQUEL SANCHEZ TOLOZA; inscrita en el IPSA bajo el N°: 84.081, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DICHA SEPARACION, por estar fundamentada en causa legal. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese boleta.
La Jueza,


Abg. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza
La Secretaria,

María Milagro Silva

Seguidamente se libró boleta a la Fiscal.
La Sec: