REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 14 de Agosto de 2009
Años: 199º y 150º

ASUNTO: KP02-S-2009-010663


SOLICITANTE: MARIA INES MELÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.186.264.
ABOGADOS DE LA PARTE SOLICITANTE: RANIER GONZÁLEZ MONTILLA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.289
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE LA RELACIÓN CONCUBINARIA
SENTENCIA: Pasada con Autoridad de cosa juzgada.


Vista la solicitud de RECONOCIMIENTO DE LA RELACIÓN CONCUBINARIA, este Tribunal le da entrada a la misma, anotándola en el libro de causas correspondiente, asimismo visto el DESISTIMIENTO de la solicitud, suscrito en fecha 10 de agosto de 2009, por la ciudadana MARIA INES MELÉNDEZ, debidamente asistida por el abogado RANIER GONZÁLEZ MONTILLA, arriba identificados, y por cuanto dicho desistimiento no violenta el orden público ni versa sobre materias para cuyo tratamiento estén prohibidas los desistimientos, se ordena HOMOLOGAR, el desistimiento efectuado, en consecuencia téngase de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil vigente, la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio, archívese el presente asunto. Se acuerda la devolución del instrumento fundamental, previa certificación en autos.-

La Jueza,

Dra. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza


La Secretaria,


Maria Milagro Silva



Seguidamente se cumplió lo ordenado
La Sec.-