REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, tres de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : TP11-S-2009-000051
Vista la diligencia de fecha 30 de Noviembre de 2009, suscrita por el ciudadano parte oferida MAXIMO ENRIQUE UZCATEGUI, titular de la cedula de identidad N- 10.911.040, asistido por el Abg. MANUEL ARAUJO, inscrito en el IPSA bajo el N- 117.525, y la parte oferente Empresa Inversiones y Construcciones ENCASA, en la persona de su representante legal ciudadano REMILIO ANTONIO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N. 5.350.800, asistido por la Abg. MAYLING ROSALES, inscrita en el IPSA bajo el N- 111.930, donde manifiesta el trabajador que recibe conforme el pago de sus prestaciones sociales y demás beneficios laborales y por este motivo solicita la entrega del cheque por la cantidad de Bs. 1.835,00 y solicitan ambas partes homologue el acuerdo, este Tribunal al respecto se pronuncia en los términos siguientes: PRIMERO: Por cuanto se evidencia la manifestación del trabajador de su conformidad en el pago de sus prestaciones sociales y demás beneficios laborales y solicita la entrega del pago por no ser contrario a derecho y al orden publico conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el artículo 9 y 10 del reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se Homologa el Acuerdo a que las partes llegaron, se le da carácter de cosa juzgada. SEGUNDO: En virtud del acuerdo alcanzado, y de la solicitud de entrega de dinero, se ordena la entrega de la libreta aperturada a nombre del ciudadano MAXIMO ENRIQUE UZCATEGUI, titular de la cedula de identidad N. 10.911.040, que contiene el pago consignado, ofíciese a la Oficina de Control y Consignación para la entrega de la libreta. Publíquese y regístrese a los Tres (03) días del mes de Diciembre (12) de 2009 siendo las 9:00 a.m.
La Juez
Abg. Yulibett Calderón
La Secretaria
Abg. María Ines Novoa
En esta misma fecha se publico
La Secretaria
Abg. María Ines Novoa
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