REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 14 de Diciembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2009-000806
ASUNTO : TP01-S-2009-000806


Visto el oficio Nº 21-FS-3355-2009 de fecha 4 de Diciembre de 2009, remitido por la fiscal superior de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, donde informa que los Fiscales I del Ministerio Pùblico en fecha 10 de octubre del presente año decretó el ARCHIVO FISCAL de la investigación D21-5263-2009, seguida al ciudadano RAMON LEONARDO REYES SULBARAN, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en la ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de Violencia, investigación iniciada por denuncia de la ciudadana LILIANA DEL VALLE BASTIDAS RIERA, todo conforme a las previsiones del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.

Por lo expuesto, y a tenor de las previsiones del mismo artículo, se ordena el cese inmediato de las medidas impuestas al ciudadano RAMON LEONARDO REYES SULBARAN, en audiencia de presentación de imputado celebrada en fecha 3 de Junio de 2009, entre las cuales esta presentación periódica cada 60 días ante este Circuito Judicial penal, o CUALQUIER otra medida que pese sobre el imputado RAMON LEONARDO REYES SULBARAN, con ocasión de la presente investigación.

DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR que pese contra el ciudadano: RAMON LEONARDO REYES SULBARAN, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.104.953, Venezolano, de 51 años, nacido en fecha 6/11/1957, de ocupación Vigilante de Seguridad de la ULA, hijo de Teresa Sulbaran (+) y Leonardo Reyes (+), estado civil soltero, domiciliado en la Avenida 3, entre calles 12 y 13, casa 12-42, detrás del hotel imperio, Parroquia Mercedes Díaz, Valera Estado Trujillo, de conformidad con el articulo 315 del código orgánico procesal penal, POR HABER DECRETADO EL DESPACHO FISCAL EL ARCHIVO FISCAL DE LA INVESTIGACION.

Regístrese. Notifíquese. Devuélvase la causa a la Fiscalía del Ministerio Público. Ciérrese Informaticamente.

La Juez de Control Nº 1 (S)

Abg. Deyanira Fernández Carrillo
La Secretaria

Abg. Lorena González